Los vencimientos para que los ciudadanos obligados a presentar y pagar la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2020 inician el próximo 10 de agosto y finalizan el 20 de octubre, de acuerdo con los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).
Estarán obligados a presentar el formulario 210 los asalariados y las demás personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia que en el año gravable 2020 cumplieron con alguna de las siguientes condiciones:
1. Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT (160,2 millones de pesos) a 31 de diciembre de 2020.
2. Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT (49,8 millones de pesos) durante el año 2020.
3. Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT (49,8 millones de pesos durante el año 2020.
Para el cálculo se aplica el Sistema de Renta Cedular que clasifica los ingresos de acuerdo con su origen
4. Haber realizado compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT (49,8 millones de pesos durante el año 2020.
5. Haber recibido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT (49,8 millones de pesos) durante el año 2020.
6. Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.
Estos valores son calculados con base en la Unidad de Valor Tributario (UVT) que rigió durante 2020 y que fue fijada en 35.607 pesos.
El director de gestión de ingresos de la Dian, Julio Fernando Lamprea, indicó que para el cálculo se aplica lo previsto en la Ley 2010 de 2019, a través del Sistema de Renta Cedular, que clasifica los ingresos de acuerdo con su origen, para aplicar una tarifa y dar un tratamiento particular a cada perfil.
Las cédulas para este año son:
1. Cédula General (Rentas de trabajo, de capital y no laborales)
2. Cédula de Rentas de Pensiones
3. Cédula de Rentas de Dividendos y Participaciones
Anticípese a las fechas
La Dian recomienda a los contribuyentes reunir los documentos necesarios para preparar y presentar su declaración y anticiparse a lasfechas de sus vencimientos para evitar contratiempos. El calendario tributario lo puede encontrar aquí:
Calendario de agosto. Foto:Dian
Calendario de septiembre Foto:Dian
Calendario de octubre. Foto:Dian
A través de la página web, estarán dispuestas una serie de herramientas para facilitar el diligenciamiento, la presentación y el pago de la declaración de renta como:
_ El Programa Ayuda Renta 2020
_ Las declaraciones sugeridas
_ El Abecé de Renta
Es importante tener en cuenta que la información reportada por terceros (exógena) estará disponible para consulta a partir del 27 de julio.
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