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Rechazarán la revisión técnico-mecánica de carros que no cumplan con estos requisitos; pilas

El Ministerio de Transporte estableció una nueva disposición que regirá a partir de este año.

Revisión técnico mecánica. Foto: Mauricio Moreno / EL TIEMPO

PeriodistaActualizado:
La revisión técnico-mecánica (RTM) es uno de los requisitos más importantes con que debe contar un vehículo. Si la RTM está vencida, un agente de tránsito puede imponer una sanción al conductor e inmovilizar el vehículo. A partir de este año 2025, la RTM tendrá cambios.
Cabe recordar que los carros que deben someterse a la RTM son los vehículos particulares que tengan más de 5 años de uso. La primera revisión se debe realizar a los 5 años de la fecha de matrícula y, posteriormente, cada año. Los carros matriculados en el 2021 o en años posteriores no deberán realizar la revisión técnico-mecánica este año.
Al momento de llevar el carro a un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) para la RTM, el conductor debe presentar la tarjeta de propiedad del vehículo, la licencia de conducción vigente, la cédula de ciudadanía o documento de identificación válido, el Certificado de Conversión a Gas (si aplica) y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente.

CDA Capital Bogotá. Foto MAURICIO MORENO EL TIEMPO @mauriciomorenofoto Foto:Mauricio Moreno

Las razones por la que no puede pasar la RTM

La emisión de gases contaminantes por encima de los límites permitidos es la razón más común por la que un carro no pasa la revisión. Sin embargo, otros de los motivos más comunes son:

Los gases contaminantes son nocivos para la salud. Foto:Archivo El Tiempo

  • Fugas en el tubo de escape, uniones del múltiple y silenciador.
  • Mal estado o falta de alineación de las luces, incluyendo las direccionales, de freno y de reversa.
  • Desequilibrio en las fuerzas de frenado entre las ruedas de un mismo eje por fuera de los rangos establecidos en la Norma Técnica Colombiana 5375.
  • Eficiencia de frenado inferior a los límites exigidos por la normativa.
  • Llantas lisas o con labrado por debajo del nivel mínimo exigido.

'Verificación en tiempo real'

A partir de este año, con base en una circular expedida por el Ministerio de Transporte, los CDA deberán verificar en tiempo real, a través del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), que todos los vehículos presentados para la RTM cuenten con el SOAT vigente y correctamente expedido. 
La circular establece que, en caso de que un vehículo no cumpla con este requisito, debe ser reportado inmediatamente ante las autoridades competentes.
"En caso de que el vehículo no cuente con el SOAT vigente y correctamente expedido, deberá reportarse inmediatamente al Organismo de Tránsito respectivo (el que figura en el RUNT o al de la jurisdicción del CDA), para que proceda a la imposición de la respectiva orden de comparendo", estipula la circular.

CDA Capital Bogotá. Foto MAURICIO MORENO EL TIEMPO @mauriciomorenofoto Foto:Mauricio Moreno

El Ministerio de Transporte precisó que la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) definirá los instrumentos técnicos y tecnológicos que permitirán a los CDA realizar estas verificaciones en tiempo real. 
Además, definió que en un plazo máximo de tres meses, la ANSV y la Concesión RUNT 2.0 deberán implementar los ajustes necesarios en los sistemas de información, de modo que la consulta del SOAT y el reporte automatizado al organismo de tránsito se realicen sin contratiempos.

¿Qué se tiene en cuenta en la RTM?

Foto referencia frenos. Foto:iStock

La RTM es obligatoria para vehículos livianos, pesados y motocicletas. Verifique los siguientes aspectos:
  • Estado de la carrocería.
  • Niveles de emisión de gases y elementos contaminantes.
  • Funcionamiento del sistema mecánico.
  • Funcionamiento del sistema eléctrico.
  • Dirección.
  • Suspensión.
  • Estado de los frenos.
  • Llantas.
  • Vidrios.
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