La Comisión de Disciplina Judicial acaba de tomar una decisión con relación a unos de los procesos contra la polémica juez de Cúcuta, Heidy Vivian Polanía Franco.
El alto tribunal le puso punto final al proceso que tuvo origen por el comportamiento de la juez durante una audiencia de prórroga de medida de aseguramiento a cinco personas sindicadas de lavado de activos.
El caso se remonta al 31 de agosto de 2020, cuando durante una diligencia en el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cúcuta, la juez utilizó expresiones como “no moleste más”, “lleva 10 minutos hablando y no ha dicho nada” en contra de uno los procesados.
Comisión de Disciplina Judicial. Foto:Jesús Blanquicet
El defensor del sindicado, el abogado Marlon Díaz se quejó por la conducta de la juez, que en su momento fue calificada como “grosera y desobligante”.
Según los argumentos del quejoso, la Fiscalía nunca fue interrumpida por la jueza mientras sustentaba su intención de prorrogar la medida de aseguramiento en el proceso penal hasta su máximo término.
“Señalaron en su argumentación que la funcionaria increpó y requirió al defensor para que precisara su intervención, cuando ni siquiera había esbozado el primer punto de su teoría, catalogando la postura de la jueza como un absurdo. Sin embargo, luego de revisar minuciosamente el contenido de la audiencia y evaluar diversos testimonios, todos los cuales coincidieron en que no hubo una actitud que vulnerara los derechos del abogado, la Jurisdicción Disciplinaria no encontró mérito para sancionarla”, señaló la Comisión en a través de un comunicado.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial absolvió a la funcionaria. Foto:Cortesía
En ese sentido, la Corte Disciplinaria constató cómo después del llamado de atención de la funcionaria, el representante de la defensa pudo continuar con su planteamiento dentro de la audiencia. Incluso, se evidencia cómo al final la jueza manifiesta que: “debidamente sustentado el recurso de apelación presentado por el doctor Marlon Díaz, se ordena remitir la carpeta con destino al superior jerárquico para que resuelva el mismo. No siendo otro el motivo de la presente, se termina la audiencia siendo la 3:52 PM. Doctores, gracias por su asistencia”.
En razón de ello, en fallo con ponencia del Vicepresidente de la Corporación, Mauricio Rodríguez Tamayo, frente al cual hubo salvamento de voto de la magistrada Magda Victoria Acosta Walteros, la Corte confirmó la absolución de la funcionaria y aclaró que no todo acto descortés debe generar reproche disciplinario ni activar la potestad punitiva del Estado, pues cada caso debe ser analizado a la luz de las normas y las circunstancias que lo rodean.
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