La Comisión Nacional de Disciplina Judicial archivó un proceso que se había iniciado en contra de la exfiscal delegada ante la Corte Suprema y hoy directora de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado Martha Lucía Zamora por las irregularidades que se presentaron cuando Sigifredo López, exdiputado del Valle, fue capturado por supuestamente tener algo que ver con su secuestro y asesinato de parte de las Farc, lo cual fue descartado.
A Zamora ya la Corte Suprema le había precluido un proceso penal en su contra en 2018.
Tras dar a conocer la decisión de archivo a su favor, la actual directora de la ANDJE dijo: "jamás he cometido delito o falta disciplinaria".
La decisión se tomó con ponencia del magistrado Juan Carlos Granados que analizó la actuación de Zamora en su rol de Fiscal Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia para el momento de los hechos.
Zamora y Marlene Barbosa Cedano, también funcionaria de la Fiscalía entonces, fueron denunciadas por López por supuestamente poner testigos falsos que declararon en su contra y que llevaron a una detención domiciliaria del exdiputado del Valle, lo cual generó un alto revuelo nacional.
La decisión de 75 páginas conocida por EL TIEMPO, la Sala dijo que la actuación de Zamora sobre la captura de López fue “consultiva o de control, pero jamás de dirección por lo que en virtud del principio de autonomía que se dijo no se le vulneró al Fiscal 38 Especializado (e), es este el responsable de las decisiones que profirió en el adelantamiento de la investigación penal referida”.
“Para esta Sala, dichas manifestaciones (de los testigos) coinciden con las testimoniales y la prueba documental a la que ya se hizo referencia, para concluir que, en efecto, la doctora Martha Lucía Zamora, no tuvo ninguna injerencia en la ordenación y práctica de probanzas que se estimaron tuvieron un tinte delictivo”, agrega el fallo.
Así, la Comisión dice que las actuaciones realizadas por Zamora se ciñeron a la ley y que la mujer “no usurpó la función del Fiscal 38 de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario ni abusó de las suyas, en tanto, si bien sirvió de apoyo en el marco de la gestión designada al director del proceso penal, este no se vio supeditado en la toma de sus decisiones”.
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