Mineducación, a formular pautas para que migrantes accedan a educación superior: Corte
Corte Constitucional exhortó a la cartera para que esos lineamientos no tarden más de seis meses.
Lo más rescatable de la academia en tiempos de covid-19 fue haber podido dar continuidad a los periodos académicos,
adaptando sus procesos, apoyando a sus estudiantes y acompañando a sus profesores. Foto: Istock
Al estudiar una tutela, la Corte Constitucional hizo un llamado al Ministerio de Educación para que formule lineamientos que faciliten a la población migrante menor de edad y en proceso de regularización migratoria acceder a programas de educación superior, así como a modalidades de educación técnica y tecnológica.
Este llamado lo hizo el alto tribunal al revisar una tutela de una mujer venezolana en favor de su hija, a quien se le negó la posibilidad de acceder al grado de bachiller, toda vez que Migración Colombia no hizo efectiva la entrega del Permiso de Protección Temporal (PPT), que exigía la institución académica para otorgar el título.
Migración Colombia tendrá 90 días para informar el estado de su PPT. Foto:Daniel Muñoz. AFP
La tutela señalaba que Migración y el colegio vulneraron el derecho al debido proceso y a la educación de la joven, por lo que se le pedía a la entidad expedir y entregar el PPT de la joven y, al colegio, expedir su diploma y acta de grado.
En primera y segunda instancia, jueces ampararon parcialmente los derechos de la estudiante, y cuando el expediente llegó a la Corte Constitucional, la Sala Quinta de Revisión, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, revocó las determinaciones previas para tutelar por completo los derechos invocados.
De acuerdo con la decisión de la Sala, pese a que en algunas oportunidades Migración Colombia señaló que el PPT de la menor había sido aprobado, nunca le dieron cita para entregárselo, ni le dieron instrucciones sobre cómo avanzar con el trámite.
Por eso, la Sala consideró que Migración Colombia le dio respuestas contradictorias a la joven y finalmente no pudo tener su PPT.
“La tardanza en su entrega le ha impedido a la menor el al acta de grado y al diploma de bachiller conduciendo a la violación de su derecho a la educación, en la faceta de accesibilidad”, lo cual termina afectando el derecho a la igualdad en la posibilidad de avanzar en el sistema educativo, sostuvo la Corte en un comunicado de prensa.
Frente al colegio, el alto tribunal dijo que actuó según las normas vigentes, ya que observó el principio de legalidad y, por ende, no desconoció el derecho al debido proceso, puesto que siguió las instrucciones impartidas en la Circular Conjunta No. 16 de 2018 expedida por el Ministerio de Educación.
Con base en esa circular, la institución orientó a la madre de la joven sobre la importancia de regularizar la situación migratoria de su hija, con el fin de que pudiera acceder al título de bachiller.
Firma del memorando de entendimiento para promover el talento TI en LaGuajira. Foto:Ministerio de Educación.
Por eso, al estimar que la falta de un documento de identificación válido en Colombia puede impedir que los migrantes venezolanos accedan al grado de bachiller y continúen a la educación superior, la Corte Constitucional instó al Ministerio de Educación para que en un plazo no mayor a 6 meses formule los lineamientos orientados a facilitar que esta población acceda a los programas de educación superior y a las modalidades de la educación técnica y tecnológica.
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