"¿Aprueba usted establecer la obligación a todas las entidades públicas y territoriales de usar pliegos tipo, que reduzcan la manipulación de requisitos habilitantes y ponderables y la contratación a dedo con un número anormalmente bajo de proponentes, en todo tipo de contrato con recursos públicos?", dice la tercera pregunta de la consulta popular anticorrupción y acá se lo explicamos.
Los pliegos tipo son documentos estandarizados con ciertas condiciones, en los cuales quien contrata, en este caso el Estado, debe establecer unos requisitos generales que los contratistas deben cumplir.
Este mandato anticorrupción pretende acabar con la contratación a dedo, en la que, según las palabras de la exsenadora Claudia López, “los congresistas dan los contratos a sus amigos en las regiones”.
El pliego tipo, en teoría, fomentaría la competencia por meritocracia y propiciaría un mejor desarrollo de las obras públicas.
Sin embargo, este punto levantó preocupación entre los trabajadores estatales y particularmente los que están por contrato. La expresión “todo tipo de contrato” en la pregunta abarcaría estas contrataciones.
Héctor Arévalo, experto en derecho istrativo, explicó que el problema es la generalidad de la pregunta y esto significaría que, si se va a contratar a una persona por un par de meses o si se va a comprar “una tuerca”, se deberá concursar a través de estos pliegos, lo cual retardaría muchos procesos.
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