La polémica por una discusión entre una pareja de dos jóvenes gay con un hombre que los increpó en el
Centro Comercial Andino, en Bogotá, porque supuestamente estaban cometiendo actos morbosos, desató una avalancha de reacciones y comentarios en redes sociales.
La Policía de Bogotá, a través de un comunicado de prensa, explicó que a esta pareja se le dio la orden de comparecer ante un Inspector de Policía, de acuerdo a lo estipulado al Código Nacional de Policía, Artículo 33, Numeral 2, literal B.
Esta norma habla sobre los “comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas en el espacio público, lugares abiertos al público, o que siendo privados trasciendan a lo público. Realizar actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad”.
Según aclararon desde la Policía, el domingo, en el Centro Comercial Andino, sus hombres atendieron un llamado desde la línea 123, donde informaban sobre una riña dentro del establecimiento comercial, entre una familia y dos jóvenes.
Para Jerónimo Castillo, director de Seguridad y política de la Fundación Ideas Para la Paz, en este caso hubo una mala aplicación del Código.
"La Policía acude al sitio a partir de la solicitud de unas personas. Los agentes en ese sentido no hicieron una adecuada valoración de las pruebas. Se acogieron a la versión de quienes señalaban a la pareja y no tuvieron en cuenta lo que ellos dijeron ni buscaron las pruebas complementarias", señaló Castillo, quien agregó que los uniformados impusieron un comparendo sin entrar a dirimir la verdadera raíz del conflicto.
El experto agregó que la pareja tendrá que demostrar ante el inspector que no estaban realizando nada inapropiado, pero que "tomarse de la mano, darse un beso, etc, no son conductas que atenten de ninguna manera contra la convivencia en nuestro país", analizó.
En el comunicado de prensa, la Policía señaló que son garantes de los derechos de todos ciudadanos, sin importar su orientación sexual, sexo, raza o color de piel y anunciaron una indagación interna "para establecer si la acción adelantada por los uniformados que recibieron el llamado de la ciudadanía estuvo ajustada a los procedimientos de acuerdo al Código Nacional de Policía".
Finalmente, Castillo señaló que el Código no es para imponer comparendos sino de dirimir conflictos. "¿Cuál era el conflicto? El conflicto era que a un grupo de personas les molestaban las manifestaciones de afecto de una pareja homosexual. ¿Qué derecho debían proteger los policías? ¿Era necesario el comparendo? Creo que son preguntas que debieron hacerse los funcionarios antes de imponer una medida", concluyó Castillo.
Ahora habrá que esperar la determinación del Inspector de Policía, a la luz de las pruebas que se aporten en el caso, para saber si los jóvenes cometieron un acto contrario a la convivencia ciudadana.
BOGOTÁ
EL TIEMPO
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