Esta semana, el Concejo aprobó el ingreso de la ciudad a la región metropolitana Bogotá-Cundinamarca, una figura de asociatividad regional de régimen especial que le permite a la ciudad integrarse a los municipios con los que tiene interdependencia, como sucede con los localizados en la Sabana.
Con esta decisión, el Distrito Capital se suma a la Gobernación de Cundinamarca, que desde mayo pasado había decidido, a través de su Asamblea departamental, dar el primer paso en la búsqueda de ese objetivo.
Ahora falta que los municipios interesados hagan el mismo proceso que Bogotá, es decir, que sus alcaldías sometan a la discusión de sus concejos un proyecto de acuerdo que autorice la incorporación.
Así se estaría cumpliendo un anhelo que se remonta hasta 1990, cuando se empezó a hablar de la necesidad de explorar instrumentos para la conformación de un área metropolitana.
Por la dinámica que tiene la ciudad con los municipios, los llamados a integrar la inédita entidad istrativa serían en principio 17 donde residen personas que trabajan en la capital y viceversa. Sin embargo, a ella pueden acceder otros.
La creación de esta región con régimen especial empezó a abrirse paso en 2020, con el acto legislativo 02 (que modificó el artículo 325 de la Constitución) y siguió con la Ley Orgánica 2199 de 2022.
Si bien hasta ahora se desconoce cuál será el área, según la Secretaría Distrital de Planeación, Bogotá y Cundinamarca concentran más del 20 por ciento de la población y cerca del 32 por ciento del producto interno bruto (PIB) del país.
“El propósito es potenciar estas condiciones garantizando mejoras continuas en la calidad de vida mediante el ordenamiento del territorio y la gestión concertada y efectiva en materia de movilidad, protección de la estructura ecológica, seguridad ciudadana, seguridad alimentaria, servicios públicos, hábitat y desarrollo económico”, señala la entidad.
Estos son algunos de los puntos claves de la inédita región metropolitana Bogotá-Cundinamarca:
¿Qué es la región metropolitana Bogotá- Cundinamarca?
Es un modelo de asociatividad territorial inédito en el país, creado en la Constitucional Nacional mediante el acto legislativo 02 de 2020 y desarrollado en la Ley Orgánica 2199 de 2022. Es una entidad istrativa con régimen especial, tiene personería jurídica, autonomía istrativa y patrimonio propio.
¿Qué funciones tiene?
Esta figura istrativa será la encargada de garantizar la ejecución de planes y programas de desarrollo sostenible y la prestación oportuna y eficiente de algunos servicios entre el Distrito Capital, la Gobernación de Cundinamarca y los municipios que se vinculen.
¿Cuál será su estructura?
La estructura, competencias y financiación fueron definidas en la Ley Orgánica 2199 de 2022. Además de los aportes de sus asociados y de rentas propias allí incorporadas, el Gobierno Nacional aportará un valor anual equivalente a 75.000 millones para la operación y gestión de la región metropolitana.
¿Qué implica ingresar a la región metropolitana?
Participar en la toma de decisiones y la ejecución de proyectos metropolitanos que impactan la vida sus pobladores. Sin embargo, solo podrá intervenir en aquellos asuntos que son de su competencia, por corresponder a situaciones supramunicipales que requieren coordinación y gestión integrada entre dos o más entes territoriales. No podrá entonces afectar decisiones internas de resorte municipal o distrital ni la autonomía territorial.
¿Cómo un municipio puede vincularse?
Los municipios interesados en ingresar a la región metropolitana deben tramitar un proyecto de acuerdo ante el concejo municipal para su discusión y aprobación.
¿Qué es el Consejo de Gobierno?
Es el máximo órgano de gobierno de la región metropolitana. Allí participarán todos los municipios que decidan ingresar. También estarán el gobernador de Cundinamarca, el alcalde de Bogotá y representantes del Gobierno Nacional y el Comité Intergremial. Estos últimos con voz, pero sin voto. Allí se tomarán las decisiones trascendentales a través de la declaratoria de Hechos Metropolitanos.
¿Hay otros organismos?
Sí. Se contempla la creación de dos agencias regionales: de Movilidad y de Abastecimiento. También se crea el observatorio de dinámicas regionales y se conforman bancos inmobiliarios para la gestión del suelo en los municipios.
¿Cuál será la autoridad ambiental?
No se crea una nueva figura y se mantiene como autoridad ambiental la CAR. La norma deja explícito que en ningún caso la región metropolitana creará autoridades ambientales en su jurisdicción.
¿Qué se considera un hecho metropolitano?
Son fenómenos o situaciones que afectan a dos o más entes territoriales y que para solucionarlos o potenciar sus capacidades requieren de una gestión conjunta. Los hechos metropolitanos serán declarados, identificados y formulados por el consejo regional. Los temas sobre los que inicialmente podrán declararse estos hechos son: movilidad, seguridad ciudadana, seguridad alimentaria, servicios públicos, hábitat, medioambiente, desarrollo económico y ordenamiento territorial.
¿Cuáles son las fuentes de financiación?
Para funcionar, la región metropolitana requerirá fuentes de financiación. Según el artículo 35, el patrimonio y rentas podrán venir del Presupuesto General de la Nación, impuestos, tasas, contribuciones, tarifas, derechos, multas, permisos o cualquier otro ingreso, aportes de las entidades territoriales que la conforman, los ingresos que reciba en desarrollo de sus competencias, convenios y contratos, incluidos los de cofinanciación de infraestructura; por prestación de servicios, del Sistema General de Regalías, contraprestación aeroportuaria, derechos por el uso de terminales de transportes y centros de intercambio modal, sobretasa al impuesto de delineación urbana, plusvalía, contribución general de valorización y sobretasas a los impuestos de las entidades asociadas, entre otros.
GUILLERMO REINOSO RODRÍGUEZ
Editor de Bogotá
En Twitter: @guirei24