En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cómo está el clima en Bogotá?
¿Cómo se llama el hijo de Petro?
¿El pico y placa en Bogotá como quedaría para el 2024?

Estos son los plazos, impuestos y documentación para cobrar las herencias en Colombia

Le contamos cómo funciona la herramienta jurídica destinada a establecer quién recibe los bienes. 

Cuando no hay testamento, para repartir la herencia se sigue un determinado orden.

Cuando no hay testamento, para repartir la herencia se sigue un determinado orden. Foto: Fotomontaje a partir de imágenes de iStock.

Alt thumbnail

PERIODISTAActualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
Uno de los conflictos principales en las familias colombianas suele envolver a las herencias, testamentos y sucesiones. Este proceso jurídico puede llegar a presentar diferentes escenarios. Le contamos todo lo que debe saber para evitar pleitos en la repartición de los bienes, derechos y obligaciones que son objeto de sucesión al momento de la muerte de la persona que era titular o dueña de los mismos.
Dado que Matthew era un hombre soltero y no tuvo hijos, la herencia correspondería directamente a sus padres.

Dado que Matthew era un hombre soltero y no tuvo hijos, la herencia correspondería directamente a sus padres. Foto:iStock

La herencia es una figura jurídica que se creó para darle un destino al patrimonio que deja una persona cuando fallece, es decir, a ese conjunto de bienes que se adquirió a lo largo de la vida y que eran distribuidos en activos y pasivos. 
Hay dos formas de suceder los títulos en Colombia: a través de las herencias o legados, en estas opciones de asignación, se reparten los bienes, ya sea por partes u objetos, a los sucesores que estén establecidos en el testamento o, en caso de no existir un documento explicito, a los sujetos que estén definidos en los órdenes de sucesión determinados por la ley colombiana. 
En el Código Civil se dictan diferentes órdenes que van por grado de consanguinidad: 
-Primer orden: hijos. Pueden ser legítimos, adoptivos, extramatrimoniales o -producto de una unión marital.
-Segundo orden: padres, abuelos y bisabuelos.
-Tercer orden: hermanos y sobrinos.
-Cuarto orden: cónyuge.
-Quinto orden: el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

¿Cómo cobrar una herencia en Colombia?

Las herencias son uno de los temas que deben resolverse tras el fallecimiento de una persona.

Las herencias son uno de los temas que deben resolverse tras el fallecimiento de una persona. Foto:iStock

En el portal especializado del Bufete de Abogados Integrity Legal se explica que, en Colombia, el Código Civil establece un plazo de diez años para reclamar una herencia.
"Este plazo comienza a contar a partir del fallecimiento del titular de la herencia. Es importante tener en cuenta que este plazo es de carácter general y puede variar en ciertos casos específicos", se indica, haciendo referencia al caso de que el heredero sea menor de edad. En esta posición, el plazo empezará desde la mayoría de edad. 
Para comenzar con el proceso se debe tener en cuenta, en primer lugar, la documentación requerida en las entidades para la reclamación de los bienes. Tendrá que buscar, si la hay, una copia autorizada del testamento. 
En la página web de Caba Abogados, especialistas en derecho de familia, se especifican los requisitos y documentos necesarios para iniciar una sucesión: 
1. Registro civil de defunción: documento que acredita el fallecimiento de la persona.
2. Documento de identificación del fallecido: puede ser su cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, entre otros.
3. Documentos que acrediten la calidad de heredero: es decir, partidas de nacimiento, registro de matrimonio o acta de conciliación, escritura pública o sentencia judicial para acreditar la existencia de unión marital o de grado de consanguinidad.
4. Declaración de los herederos y sus representantes: este documento asegura que no se conocen otros individuos con derechos iguales o superiores en la herencia a reclamar. 
5. Inventario de bienes y deudas: una autoridad competente tendrá que realizar un inventario detallado de los bienes y deudas dejados por el fallecido, con todos los respectivos documentos que lo acrediten. 
Joseph Stancak no contaba con familia cercana que heredase su fortuna.

Joseph Stancak no contaba con familia cercana que heredase su fortuna. Foto:iStock

El paso a paso mencionado por el Bufete antes citado señala que el heredero tendrá que reunir todos los documentos y obtener el asesoramiento de un abogado para garantizar el cumplimiento de todos los requisitos legales. 
Tras hacerlo, se deberá dirigirse ante un notario o juez para presentar la solicitud de la apertura del proceso sucesorio. Sin embargo, hay que mencionar que para recibir el patrimonio, habrá que cancelar unos impuestos
En primer lugar, esta un monto dictado en la Ley 2277 del 2022, el cual tendrá que ser consignado por quien recibe la herencia o legado. Allí se explica que se deberá pagar un gravamen cuyo valor se calcula sobre la base del valor que tenían los bienes y derechos de contenido patrimonial.
El otro impuesto a pagar es el 'impuesto sobre la ganancia ocasional', que es complementario en la renta y hace referencia a los ingresos, utilidades o ganancias de una persona, obtenidos de manera ocasional. En el artículo 301 del Estatuto Tributario se incluyen las herencias. 
"Se consideran ganancias ocasionales para los contribuyentes sometidos a este impuesto, las provenientes de herencias, legados, donaciones, o cualquier otro acto jurídico celebrado inter vivos a título gratuito, y lo percibido como porción conyugal", se lee en el punto. 
Laura Nathalia Quintero Ariza. 
Redacción Últimas Noticias. 

Lea más noticias...

Sigue toda la información de Colombia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.