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Impuesto predial 2023: estos son los intereses si no paga a tiempo
La fecha límite para cancelar esta obligación tributaria, sin descuento, es el 14 de julio.
Fechas de pago de las próximas cuotas del impuesto predial no residencial. Foto: iStock
A pocas semanas de haber iniciado el año, Bogotá ya tiene listo su calendario tributario para este 2023: la istración distrital dio a conocer las fechas límites para que los contribuyentes cumplan con el pago de algunos impuestos, entre ellos, el predial.
De acuerdo con el Ministerio de Vivienda, el impuesto predial es aquel que “recae sobre la propiedad inmueble y se genera por la existencia del predio”. En otras palabras, es el pago que hace el propietario, poseedor o quien disfruta del bien ajeno sobre los predios que le corresponden dentro del municipio o Distrito.
Esta obligación tributaria debe cumplirla, según explica la Alcaldía de Bogotá, el propietario acreditado legalmente con la propiedad del inmueble; el poseedor, quien -sin documentos- tiene posesión de hecho sobre el inmueble y actúa como dueño del mismo; el usufructuario, es decir, aquella persona que tiene el disfrute del predio y su legítima explotación, previa concesión del propietario; los respectivos fideicomitentes, cuando se trate de predios vinculados o constitutivos de un patrimonio autónomo y, por último, los tenedores a título de concesión de inmuebles públicos.
La Dirección de Impuestos de Bogotá anuncia que, a más tardar el 30 de abril, los contribuyentes recibirán las facturas físicas de Predial y Vehículos 2023 en las direcciones de notificación que hayan registrado. pic.twitter.com/pYMxZWudxt
¡Ojo! Fecha límite de pago del impuesto predial 2023
El calendario tributario 2023, compartido por la Secretaría de Hacienda de Bogotá, establece que el plazo máximo para declarar y pagar el impuesto predial, sin sanciones, es hasta el 14 de julio. Si desea obtener un descuento del 10 por ciento, la fecha límite es hasta el 12 de mayo.
Los contribuyentes también podrán optar por diferir la totalidad de su impuesto en cuatro cuotas iguales y libres intereses. Para acceder a esta modalidad de pago deberán presentar la declaración para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) a más tardar el 26 de mayo de 2023.
“De acogerse al sistema, los vencimientos serán de la siguiente manera: primera cuota, el 9 de junio; segunda, el 4 de agosto; tercera, el 6 de octubre, y cuarta, el 1 de diciembre”, detalla la página oficial de la Alcaldía de Bogotá.
La Secretaría distrital dejó en claro que, durante el primer trimestre del 2023, imprimirá y enviará las facturas de pago de los impuestos predial y de vehículos a cada una de las direcciones de o que los contribuyentes hayan registrado ante la entidad. Esto se realizará a más tardar el 30 de abril.
Nuevos beneficios para el pago del impuesto predial en Bogotá. Foto:iStock
¿Qué pasa si excede la fecha límite de pago?
De no declarar y pagar en el plazo estipulado por la entidad distrital, los contribuyentes se enfrentan a algunas sanciones económicas. La multa por extemporaneidad es del 1.5 por ciento por mes o fracción de mes -calendario retardo- sobre el valor del impuesto a cargo. Esta no debe exceder el 100 por ciento ni ser inferior a la sanción mínima vigente.
La página oficial de la Secretaría de Hacienda estipula las sanciones mínimas de acuerdo con el estrato del inmueble y la Unidad de Valor Tributario (UVT), una medida de valor que representa los valores tributarios.
Estrato 1 y 2, Unidad de Valor Tributario 4. Total en pesos colombianos: 170.000.
Estrato 3 y 4, Unidad de Valor Tributario 5. Total en pesos colombianos: 212.000.
Estrato 5 y 6, Unidad de Valor Tributario 7. Total en pesos: 297.000.
Para aquellos predios que no están incluidos en la categorización anterior, la entidad señala que tendrán una sanción mínima de siete UVT, equivalente a 297.000 pesos colombianos.
Si, por el contrario, el contribuyente declaró y canceló el impuesto predial por un valor inferior al que corresponde, la sanción por corrección es del 10 por ciento del mayor valor a pagar, generado entre la corrección y la declaración inicial.
Si usted desea pagar su impuesto predial antes de recibir la factura en su dirección de o, podrá hacerlo de dos maneras: asistiendo a uno de los puntos de atención presencial o mediante la presentación de una declaración en la oficina virtual de la Secretaría de Hacienda.
Para llevar a cabo la segunda opción, la institución recomienda seguir los siguientes pasos:
Generar una declaración por la opción Impuestos/ Predial / Ver /Generar declaración-Corrección vigencia actual o a través de Impuestos/ Vehículos/ Ver detalle / Generar declaración-Corrección vigencia actual, según sea el caso.
Una vez genere la declaración, el sistema le arrojará la opción de pagar en línea.
Si el predio tiene más de un propietario, la información para declarar estará cargada en la oficina virtual de alguno de ellos. Se recomienda revisar la oficina virtual de cada persona.
Amplían plazo pagar el impuesto predial. Foto:iStock