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¡Ojo! Estas modificaciones de carros están prohibidas en Colombia

El Código Nacional de Tránsito no permite hacer cualquier modificación a su vehículo sin un permiso.

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Polarizado Foto: iStock

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Los automóviles son una de las posesiones más apreciadas por los humanos. Tal como una casa, una habitación o una oficina, un carro propio se vuelve, más que cualquier objeto, un espacio personal e íntimo.
Es por eso que muchos suelen personalizar sus vehículos con calcomanías, adornos o modificaciones que hagan que su carro se vuelva más cómodo y más suyo.
No obstante, el Código Nacional de Tránsito tiene unas prohibiciones que probablemente los dueños de carros desconozcan, por lo que resulta importante informarse antes de invertir dinero en cualquier modificación.
Le traemos, entonces, un resumen de los cambios que no puede hacer en su vehículo:

1. Polarizar sus vidrios al 100% de opacidad

El Código de Tránsito tiene estipuladas unas cantidades máximas de polarizado que los vehículos particulares pueden tener: los vidrios laterales y el frontal deben tener mínimo 70% de transparencia y máximo 30% de opacidad, mientras que el trasero debe tener mínimo 55% de transparencia y máximo 45% de opacidad.
En algunos casos, y con un permiso especial que funciona bajo condiciones específicas, la opacidad se puede aumentar, pero es necesario hacer un trámite previo con las autoridades de tránsito.

2. Cambiar el color de la carrocería (Sin autorización)

Muchos pueden creer que, siendo el carro suyo, pueden pintarlo del color que deseen en cualquier momento. Sin embargo, el color del carro está registrado con él, por lo que para cambiar el color de la carrocería usted debe tramitar un permiso con las autoridades de tránsito municipales.

3. Cambiar los bombillos y sus colores

El Código de Tránsito tiene establecidos unos colores específicos para cada bombillo del automóvil: los faros principales, DLR y faros de reversa deben tener luz blanca, y los faros traseros deben tener luz roja. Es ilegal cambiar el color, sea con bombillos o con calcomanías. Además, está prohibido cambiar los bombillos de luz halógena por otro tipo de luz, pues esto puede afectar el buen funcionamiento de los faros

4. Modificar la placa

En otros países está permitido personalizar las placas, siempre y cuando se mantenga legible el número de matrícula. En Colombia no. La ley prohíbe cambiar, personalizar o incluso retocar las placas del vehículo, así como su ubicación y su visibilidad. En caso de que ocurra un daño que requiera retoque o reparación, debe ser notificado a las autoridades.
En el caso de infringir alguna de estas prohibiciones, usted podría ser sujeto a multas o sanciones económicas. Puede encontrar más información en la Ley 769 del 2002.

¿Qué pueden hacer y qué no, los policías de tránsito cuando me paran?

ALEJANDRO VICTORIA TOBÓN
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO

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