El mundo entero habla del polémico gol con el que
Unión Magdalena venció 1-2 a
Llaneros en Villavicencio y obtuvo su ascenso a la primera división del fútbol colombiano.
El equipo samario se impuso con dos goles en tiempo de reposición, el segundo de ellos, conseguido por Jonathan Segura en medio de la pasividad de la defensa del equipo local, que se quedó parada viendo jugar a sus rivales.
¿Qué puede pasar con ese partido? ¿Se puede repetir? El reglamento no contempla esa opción.
Sin embargo, el reglamento del fútbol colombiano contempla sanciones en caso de comprobarse un amaño de partido.
Además, surgió la versión de un posible acuerdo entre jugadores de Llaneros y Unión para afectar a Fortaleza, en represalia por decisiones arbitrales anteriores en partidos contra los bogotanos. Además, que compartieron hotel, lo cual es inusual.
Qué dice el Código Disciplinario de la Federación
El artículo 93 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol habla de la predeterminación del resultado:
"El directivo, personal técnico, funcionario istrativo de un club, selección municipal o departamental y en general el oficial u oficial de partido que por cualquier medio ofrezca o reciba recompensa para obtener un resultado determinado en un partido, será sancionado con suspensión para ejercer todo tipo de actividades deportivas y istrativas relacionadas con el fútbol de dos (2) a cinco (5) años y multa de treinta (30) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la comisión de la infracción". Esa podría ser la sanción para los responsables.
¿Pero el resultado puede cambiar? De acuerdo con el segundo parágrafo del mismo artículo, sí: "Si a juicio de la autoridad o comisión disciplinaria como consecuencia de la aceptación del ofrecimiento la actividad competitiva del club, selección municipal o departamental pudiera tener incidencia en el resultado del encuentro se impondrá además la sanción de derrota por retirada o renuncia". Esto es, darle el partido ganado a Llaneros por 3-0, lo que automáticamente le daría el ascenso a Fortaleza.
También podría haber un castigo por corrupción
Habría un castigo adicional en caso de que se compruebe que, para determinar el resultado, haya habído algún pago. El artículo 99 del Código habla de corrupción:
"El que ofrezca, prometa u otorgue a un órgano o miembro de FCF, sus divisiones, ligas, clubes, oficial de partido, jugador o a cualquier oficial en general, beneficios
ilegítimos para su persona o terceros con el fin de inducirles a violar el estatuto o reglamentos de FCF, sus divisiones, sus afiliados o los afiliados a estos, de la confederación o de la FIFA, será sancionado con:
a) Multa en cuantía de treinta (30) a sesenta (60) salarios mínimos legales mensuales
vigentes al momento de la comisión de la infracción.
b) Inhabilitación para ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol de al menos dos (2) años.
c) Prohibición de a los estadios.
El cohecho pasivo (solicitar, hacerse prometer o aceptar aquella clase de dádivas o beneficios), conllevará idénticas sanciones a las previstas en el punto anterior".
Sobre este artículo hay un antecedente reciente. En 2018, Francisco Navas, entonces jugador del Deportes Quindío, fue sancionado con dos años de suspensión y una multa de más de 22 millones de pesos por esta causa.
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