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Así es la ‘ley dejen de fregar’: ¿cuándo sí y cuándo no le pueden cobrar en Colombia?
La ley entra en vigencia este martes y aplica para bancos, entidades y otras empresas de servicios.
La ley 'Dejen de fregar' establece los lineamientos para que las entidades llamen a cobrarle. Foto: iStock
Este martes 10 de octubre de 2023 en Colombia entra en vigencia la Ley 2300 de 2023' llamada 'ley dejen de fregar', con la que los bancos, entidades y otras empresas de servicios se verán obligadas a evitar llamadas para cobrar y ofrecer servicios los domingos, los festivos y los días entre semana, en horarios no hábiles.
Esta ley establece los canales, el horario, la periodicidad y otros lineamientos en la que pueden ar las entidades para hacer cobros u ofrecer sus productos, con el fin de que se "protejan el derecho a la intimidad de los consumidores”.
Bajo esta nueva definición, que fue aprobada en julio pero que hasta ahora entrará en vigencia, las entidades sólo podrán ar al por una vía y máximo dos veces cada semana entre lunes y viernes.
Para que la implementación de la norma sea efectiva las superintendencias Financiera y de Industria y Comercio tendrán la función de vigilar y sancionar a quienes incumplan lo estipulado en la ley.
Tenga en cuenta que las entidades de cobranza podrán arse con el deudor directamente o con el codeudor, pero aplicando las nuevas determinaciones de horario.
Uno de los cambios más importantes es que las entidades que se dediquen a actividades de cobranza ya no podrán preguntarles a los deudores los motivos por los cuales haya incumplido con los pagos.
Pero en caso de tener un inconveniente por motivos como desempleo, una calamidad familia, o la reducción del poder adquisitivo, podría manifestarlo a la casa de cobranza, ya que que la entidad ofrecer algún tipo de solución para ponerse al día.
Lo relacionado con embargos lo puede encontrar en el Código sustantivo del trabajo. Foto:iStock
La ley también señala que las medidas aplican también para las empresas de telefonía móvil, las entidades de comercio y en general todas las empresas que ejerzan labores de cobranza.
La normativa además incluye algunas excepciones. Por ejemplo, solo se permitirá ar a los s fuera de los horarios establecidos en caso de que se trate de confirmaciones oportunas de operaciones monetarias, las alerta de transacciones fraudulentas que tienen los bancos o para brindar información sobre ahorros y cesantias que haya sido solicitada.
Como deudor usted podrá escoger los canales por los que prefiere ser ado, considerando siempre que el canal elegido para temas de cobranzas garantice una comunicación en doble vía con quién realiza la gestión de cobro.
Los bancos solo podrán llamar en ciertos horarios. Foto:Archivo El Tiempo
Cuatro claves de la 'ley dejen de fregar'
1. Gestores de cobranza solo podrán ar a los consumidores mediante los canales que estos autoricen, en una franja horaria de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
2. Se podrán realizar máximo dos llamadas a la semana, aún si la persona proporcionó varios canales de o.
3. Se creará un 'Registro de números excluidos' entre la delegación al Ministerio TIC y la Comisión de Regulación de Comunicaciones. En él se hará inscripción de los consumidores que no deseen recibir llamadas, mensajes, correos electrónicos o cualquier tipo de o.
4. Empresas que incumplan con lo mandado en la ley y violen la privacidad de los s, podrían recibir sanciones por parte de la Superintendencia Financiera (Superfinanciera) o de Industria y Comercio (INC).