Como se sabe, las cesantías son una prestación social que les deben consignar a todos los trabajadores, sin importar si cuentan con un contrato a término indefinido o fijo, en empresas privadas o públicas.
Según la normativa, los empleadores del país tiene hasta antes del 15 de febrero para consignarles a sus colaboradores el pago correspondiente al tiempo laborado en 2023 en el fondo al que está adscrita la persona.
Conforme con lo establecido en el artículo 99 de la Ley 50 de 1990, "el valor liquidado por concepto de cesantía se consignará antes del 15 de febrero del año siguiente, en cuenta individual, a nombre del trabajador en el fondo de cesantía que el mismo elija".
Así mismo, el artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) explica que esta prestación debe ser pagada a todo trabajador dependiente, incluyendo a quienes se desempeñan en el servicio doméstico, a las personas que trabajan por tiempo parcial (jornada laboral menor a las 48 horas semanales) y por días, según el Ministerio de Trabajo.
El valor a pagar corresponde a un mes del salario base por los años trabajados por el colaborador, entre el 1.° de enero y el 31 de diciembre; no obstante, si la persona no laboró durante todo el año, se le pagará los días trabajados.
Consecuencias por no pagar las cesantías a tiempo
Los empleadores que no paguen las cesantías antes del 15 de febrero podrán incurrir en las siguientes sanciones, según lo estipulado por la Dirección de Inspección de Vigilancia y Control del Ministerio de Trabajo:
- El artículo 99 de la Ley 50 de 1990 dicta que las empresas que no realicen los respectivos pagos deberán pagar una sanción monetaria, la cual consiste "en un día de salario por cada día de mora en la consignación", según recoge Mintrabajo en un artículo publicado en su página oficial.
- Por otro lado, "si el producto de un procedimiento sancionatorio adelantado por el Ministerio del Trabajo encontrase como responsable al empleador al no realizar el pago de la prestación social", la entidad, anteriormente mencionada, puede imponer multas entre $ 1.000.000 y $ 5.000.000.
En el caso de los empleados por días, como las empleadas domésticas, Salua García, cofundadora de Symplifica, plataforma dedicada a la afiliación y pagos de prestaciones para trabajadores del hogar, citada por el portal Asuntos Legales, recomienda "legalizar cada pago que se le realice a las empleadas domésticas, en este caso es oportuno generar un comprobante que indique que pagamos esta prestación, el cual debe ser firmado por el empleador y empleado del hogar".
¿Cómo calcular las cesantías?
Use esta calculadora y sepa el valor de sus cesantías en el último año:
Tenga presente que, de acuerdo con el CST, la formula para calcular el pago de las cesantías se hace con el último salario mensual devengado al trabajador, multiplicado por días trabajados y, al tener el resultado, divídalo en 360.
Por ejemplo, si usted gana el salario mínimo, la fórmula se haría de la siguiente manera: ($1.300.000 x 180 días trabajados) /360 = $ 580.000, total del pago de las cesantías durante los 180 días laborados.
Por otra parte, recuerde que si la persona trabaja por días debe conocer el valor devengado por día, de acuerdo con el salario base.
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