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Explicativo
Pago retroactivo a empleados públicos en 2025: ¿cuándo llegará esta compensación?
Se estableció un incremento del 7 por ciento en el salario de los trabajadores. Esto es lo que debe saber.
El retroactivo por el incremento salarial deberá cubrir el período comprendido entre enero de 2025 y la fecha en que se haga efectivo el nuevo salario en las nóminas. Foto: iStock
El acuerdo entre el Gobierno Nacional y las centrales obreras, firmado el pasado 30 de abril, inició un incremento del 7 por ciento en el salario de los empleados públicos, con aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2025. Este ajuste se definió al sumar 1,8 puntos porcentuales al Índice de Precios al Consumidor (IPC) de 2024, que cerró en 5,2 por ciento.
Además del ajuste ya mencionado, el acuerdo incluye un incremento adicional para el 2026, calculado con base en el IPC de ese año más un adicional de 1,9 puntos porcentuales. Esta medida hace parte de las negociaciones nacionales del sector público, orientadas a fortalecer y mejorar las condiciones laborales de los trabajadores estatales.
El pago retroactivo es obligatorio para todas las empresas. Foto:iStock
El retroactivo por el incremento salarial deberá cubrir el período comprendido entre enero de 2025 y la fecha en que se haga efectivo el nuevo salario en las nóminas. Pese a que el porcentaje del aumento ya fue establecido, el valor exacto a recibir variará según el salario base de cada funcionario y la cantidad de meses que hayan transcurrido hasta la implementación del ajuste.
Cabe recordar que el pago retroactivo es un tipo de compensación económica que se realiza después de la fecha en que el trabajo o servicio fue realizado. En el contexto del aumento salarial a los empleados públicos, este concepto aplica para cubrir la diferencia salarial acumulada desde el 1 de enero de 2025 hasta la fecha en que se haga efectivo el ajuste.
Sin embargo, varios empleados del sector aún se preguntan cuándo recibirán el retroactivo y si existen plazos definidos para su entrega. El Departamento de la Función Pública ha aclarado varios aspectos clave sobre este proceso.
El pago retroactivo es solo para quienes reciben el salario mínimo. Foto:iStock.
De acuerdo con el Departamento istrativo de la Función Pública, aunque las entidades tienen la obligación de reconocer y pagar el retroactivo salarial, este no podrá hacerse efectivo hasta que se expidan los decretos correspondientes que autoricen formalmente el aumento.
En este momento, los decretos se encuentran en trámite para su expedición. Una vez sean firmados y publicados oficialmente, las entidades quedarán autorizadas legalmente para comenzar con la liquidación del retroactivo correspondiente.
¿Hay una fecha límite para pagar?
La gran duda entre los trabajadores es si existe un plazo legal para que las entidades realicen el desembolso. Al respecto, el Concepto 091941 de 2023 emitido por la Función Pública indica que no hay una fecha límite. Sin embargo, la entidad declaró que el pago del retroactivo es obligatorio, tanto por mandato legal como por respaldo constitucional.
Las empresas no están obligadas a pagar un aumento a quienes ganan más del salario mínimo. Foto:iStock
“La entidad u organismo público debe ser lo más diligente posible con la liquidación y pago de valores que correspondan, dándose un plazo moderado para tal fin, de tal forma que no se ocasione un perjuicio al empleado”, señalan desde la Dirección Jurídica. Por tanto, las entidades deberán actuar con agilidad para desarrollar esta obligación.
Función Pública también recordó que no tiene competencia directa para intervenir en casos de incumplimiento de tiempo por parte de las entidades, tal como lo establece el Decreto 430 de 2016. Sin embargo, los empleados públicos que enfrenten demoras pueden acudir inicialmente a las oficinas de talento humano de su entidad, donde deben recibir información clara sobre el estado del pago y las razones del retraso del pago del mismo.
Si no hay respuesta satisfactoria o una solución, los trabajadores públicos pueden utilizar mecanismos legales como las acciones de tutela por afectación al mínimo vital. También es posible elevar quejas ante entes de control como la Procuraduría General de la Nación o la Defensoría del Pueblo.