El Ministerio de Salud autorizó, a través del Comité Asesor de Evaluación e Intervención Covid-19, el aumento, a partir de ahora, de hasta el setenta por ciento en la capacidad de ocupación de los vehículos con los que se presta el servicio público de transporte, en cualquiera de sus modalidades.
No obstante el Ministerio, que tomó esta decisión teniendo en cuenta las condiciones de la pandemia y buscando apoyar la apertura de distintos sectores de la economía, ha sido enfático en que los conductores, operadores, empresas de servicio público de transporte, concesionarios y s de este servicio deben seguir adoptando estrictamente los protocolos de bioseguridad para el sector transporte.
Los conductores, operadores y concesionarios deben mantener ventilados los
vehículos, es decir, las ventanas abiertas; en trayectos largos, los sistemas de aire
acondicionado (si los tienen) deben tener técnicas de filtrado y con mínima recirculación que permitan que el aire se renueve cada 15 minutos.
Asimismo, los s deben usar de manera obligatoria y permanente el tapabocas dentro del vehículo, lavarse constantemente las manos, hacer los viajes en silencio y
evitar cantar, hablar o silbar y comer dentro de los vehículos.
Ángela María Orozco, ministra de Transporte, señaló que “el Gobierno nacional sigue comprometido con la reactivación económica en todo el territorio nacional. En ese sentido, desde el Ministerio reiteramos que podemos viajar seguros si nos cuidamos entre todos, por esta razón adoptamos, en conjunto con el Ministerio de Salud y Protección Social, la decisión de aumentar la capacidad de ocupación en el transporte público. De esta manera logramos atender la demanda que se está presentando y contribuir con la reactivación económica de los diferentes sectores”.
Medidas que deben adoptar operadores y conductores
-La Resolución 2475 recuerda que los operadores y conductores deberán cumplir las
siguientes recomendaciones:
-Limpiar y desinfectar los sitios en los cuales los s, trabajadores y demás personas puedan entrar en o directo con los medios de transporte público, como taquillas, sillas, ventanas
-Evitar las aglomeraciones en terminales de transporte terrestre de pasajeros, portales, paraderos e instalaciones.
-Exigir el uso de tapabocas a los s a partir de los dos años de edad.
-Mantener ventilada toda la infraestructura asociada a la prestación del servicio público.
-Contar con dispensador de jabón antibacterial y toallas desechables para el lavado de manos.
Sistemas integrados de transporte masivo y colectivo
Las autoridades locales donde funcionan los sistemas de transporte masivo y colectivo autorizarán que los vehículos tengan una ocupación máxima del 70 por ciento, siempre y cuando cumplan con las medidas dispuestas en los protocolos de bioseguridad establecidos para el sector transporte, y que figuran en las resoluciones 666 y 677, modificadas por las resoluciones 1537 y 2475 de 2020.
La decisión será revisada y ajustada por dichas autoridades, en conjunto con las secretarías de salud o quien haga sus veces, en un término de cuatro semanas siguientes a su aprobación, en función de los avances o fases de la emergencia sanitaria por covid-19, teniendo en cuenta las estadísticas y evolución de la pandemia en cada territorio.
Los entes gestores deben:
Exigir el uso permanente del tapabocas a los s mayores de dos años de edad y el evitar hablar, cantar y comer en los buses.
Hacer la limpieza y desinfección de los vehículos, estaciones y portales, al igual que controles para la detección de síntomas relacionados con el covid-19 al personal de mayor o con s.
Promover en los pasajeros que tengan viajes con duraciones mayores a 29 minutos, ubicarse lejos de las puertas para facilitar la salida de s con viajes cortos.
Mantener abiertas las ventanas de los buses y continuar con los puntos de limpieza o desinfección al ingreso y salida del sistema, con ajustes razonables que garanticen el a población con discapacidad.
ECONOMÍA Y NEGOCIOS
Encuentre también en Economía: