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Análisis
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Las demandas que han llegado a la Corte Constitucional para tumbar la reforma pensional
Hasta el momento, 37 han sido rechazadas, 15 están itidas y otras cinco siguen en trámite.
Ciudadanos de la tercera edad caminan por las calles del centro. Foto: Sergio Acero/El Tiempo
De llegar a prosperar alguna de las demandas que existen en la Corte Constitucional contra la reforma pensional (Ley 2381 de 2024) que aprobó el año pasado el gobierno de Gustavo Petro se podrían caer los puntos más importantes o, incluso, todo el articulado, como ya ocurrió con la Ley de Financiamiento del 2018 de Iván Duque.
Reforma pensional - Plenaria del Senado Foto:Archivo EL TIEMPO
Hay que recordar que la reforma contempla un nuevo sistema pensional basado en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario. Sin embargo, no toca la edad de pensión que se mantiene en 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.
Desde su sanción en julio del año pasado a hoy, a la Corte Constitucional han llegado 57 demandas, de las cuales 37 han sido rechazadas, 15 están itidas y otras cinco que llegaron recientemente siguen en trámite sin reparto o pendientes de isión.
Las decisiones están pasando por las manos de magistrados ponentes como Jorge Enrique Ibáñez, Cristina Pardo Schlesinger, Natalia Ángel Cobo, Juan Carlos Cortés y Paola Andrea Meneses.
“El 95 por ciento de ellas aducen vicios de trámite en la Cámara de Representantes. Ese es el debate sobre el cual gira la primera de las demandas, que en estos momentos está entrando en una fase de presentación de la ponencia, para que sea la Sala Plena la que la discuta en las próximas semanas”, dijo hace unos días el presidente del alto tribunal y ponente del proceso, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, como recogió este medio.
Magistrado Jorge Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional. Foto:Corte Constitucional
César Camilo Cermeño, socio de Martínez Quintero Mendoza González Laguado y De la Rosa, explica que la discusión que se decanta en la Corte Constitucional se remonta al 13 de junio de 2024, fecha en la que la Cámara de Representantes acogió la totalidad del texto del proyecto de ley como había sido aprobado por el Senado.
“Aunque algunas demandas presentan argumentos individuales, contra artículos específicos, el grueso de la discusión y lo que tiene expectante al país es la constitucionalidad de toda la norma. Si la Corte encuentra que este argumento es correcto, al ser un vicio de trámite, tendrá que declarar inexequibles la totalidad de la norma”, explicó.
Las que siguen y las que se han caído
Hasta el momento, entre las rechazadas están algunas como la del senador Jonathan Ferney Pulido, más conocido como Jota Pe Hernández, que presentó ante la Sala Plena de la Corte Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra toda la ley.
“Existió un vicio de procedimiento ya que en el último debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes los congresistas desconocían el texto aprobado en el Senado el 15 de abril de 2024”, se puede leer en su demanda.
También hay otra archivada del exministro de Justicia Wilson Ruiz Orejuela, de profesores como Juliana Morad del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana y de Jerome Sanabria, la joven conocida en redes sociales por sus opiniones políticas y económicas.
Entre las que siguen su curso hay algunas como la presentada por el senador del Centro Democrático Miguel Uribe. “Hubo vicios de trámite en la aprobación de la reforma. Fue impuesta sin haber tenido la discusión necesaria. No solo no se discutieron las más de 500 proposiciones en la Cámara, tampoco se explicó la proposición que adoptó el texto del Senado”, aseguró.
También está la que presentó contra toda la ley la senadora Paloma Valencia, del mismo partido. En esta se indica que la Cámara eludió el debate al acoger el texto aprobado por el Senado, sin que hubiese deliberación ni explicación de los ponentes de las diferencias existentes con la ponencia de segundo debate.
La Cámara eludió el debate al acoger el texto aprobado por el Senado, sin que hubiese deliberación ni explicación de los ponentes de las diferencias existentes con la ponencia de segundo debate.
“Ni la ponente ni los ministros explicaron cuáles eran las diferencias entre el texto. Hubo publicidad porque estaba publicada en la gaceta, pero no deliberación. La Ley 5 exige que se declare la suficiente ilustración después de tres horas de debate sobre un mismo tema. Acá solo iba una hora, el Presidente la decretó a las patadas y ordenó votar la proposición”, sostuvo la senadora.
De hecho, esta es la demanda más avanzada y se prevé que este mismo jueves comience la discusión en la Sala Plena. Es más, según conoció la revista Cambio, el magistrado Ibáñez ya habría presentado ante sus colegas su proyecto de fallo, el cual dice que la reforma es inexequible por vicios de forma.
Cermeño explica que de las 15 demandas itidas esta es realmente la única que avanza debido a que como el procurador Gregorio Eljach se ha declarado impedido en múltiples procesos (dentro de los cuales están los procesos de la reforma pensional), la Corte ha debido suspender términos mientras resuelve dicho impedimento. "No obstante, el originado por la demanda de la senadora Valencia fue el único dentro del cual la entonces procuradora Margarita Cabello conceptuó solicitando la inexequibilidad de la norma", explicó.
Al conocer la noticia de la ponencia negativa de la pensional, Bruce Mac Master, presidente de la Andi, dijo que que si se llega a caer será culpa de los que la tramitaron en "forma irregular" y de los congresistas que la votaron que la "pupitrearon" sin debate. "Hemos propuesto desde el año pasado que tengamos un plan para el caso en que el máximo tribunal constitucional la encuentre irregular", sostuvo.
Del otro lado, el director de Prosperidad Social, Gustavo Bolívar, aseguró que los jóvenes y adultos deberían movilizarse para impedir que se caiga la pensional, lo que catalogó como una "injusticia".
La reforma pensional entrará en vigor el 1 de julio de 2025. En el pilar solidario estarían todos los adultos mayores que se encuentran en condición de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad. A estos se les daría una renta por encima de la línea de pobreza, que sería ampliada cada año por la inflación.
El pilar solidario contempla una mesada para las personas en situación de pobreza. Foto:Archivo /CEET
El pilar contributivo estarían todos los trabajadores dependientes e independientes con capacidad de pago para efectuar las cotizaciones correspondientes. Si una persona gana 2,3 salarios o menos tendrá toda su cotización en Colpensiones, pero si su salario es mayor el excedente lo deberá meter a una a del componente complementario de ahorro individual (Accai), como es el caso de Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia.
Esto quiere decir que una persona que gana 5 salarios mínimos tendrá cotizados los primeros 2,3 en Colpensiones y los restantes 2,7 salarios en Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia.
La ley contempla un régimen de transición que dejaría por fuera del nuevo sistema a las personas que ya tengan cumplidas 750 semanas cotizadas en el caso de las mujeres y 900 para los hombres.
*EL TIEMPO hace parte de un conglomerado de empresas al cual pertenece una AFP.