Luego de aprobado en primer debate el proyecto de reforma tributaria, un experto en impuestos analiza los cambios más importantes que hay frente al proyecto inicial.
Hay que recordar que la meta de recaudo es de 21,5 billones de pesos y que los recursos vendrían de la siguiente manera: 11,3 billones de pesos por concepto de impuestos al uso del subsuelo, 3 billones de pesos de personas jurídicas, otros 3 billones de pesos por el conjunto de otras medidas como la eliminación de los días sin IVA, 2,9 billones de pesos por impuestos a personas naturales, 1,3 billones de pesos de impuestos saludables y 84.000 millones de pesos por los ambientales.
Luis Orlando Sánchez, socio de impuestos internacionales y transacciones de EY Colombia, cuenta cuáles son las principales modificaciones de los impuestos que afectaan a las personas naturales.
1. Impuestos sobre la renta:
Las rentas de trabajo, de capital, no laborales, de pensiones y dividendos y participaciones, se gravarían conjuntamente a las tarifas progresivas propias de las personas naturales, es decir entre el 0 al 39 por ciento.
En el proyecto se indica que el límite a las rentas exentas y deducciones de la cédula general no podrá exceder el valor anual equivalente a 1.340 UVT anuales, es decir 56 millones de pesos aproximados (hoy ese valor es de 192 millones de pesos y en el proyecto de ley inicial el experto recuerda que se proponía limitarlo a 1.210 UVT).
Así mismo, se propone una deducción de hasta cuatro dependientes económicos, cada uno por 72 UVT (3 millones de pesos aproximados).
Además, se mantiene sin modificación el umbral de ingresos brutos a partir del cual tributan las personas naturales.
En este punto, el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, aseguró que si bien antes iban a tener que pagar más los de 10 millones de pesos, ahora serán los de 13 millones de pesos en adelante.
“El efecto es sobre los que tenemos más altos ingresos. Esta tributaria solo afecta al 1,4 por ciento de las personas”, recalcó el ministro.
2. Impuesto al patrimonio:
Si bien se había propuesto un impuesto de manera permanente sobre patrimonios superiores a 3.000 millones de pesos. Sin embargo, la modificación presenta una tarifa temporal del 1,5 por ciento para patrimonios que superen los 10.000 millones de pesos y a partir del 2027 la tarifa sería del 1 por ciento para patrimonios gravados que superen 122.000 UVT, es decir, los 5.000 millones de pesos aproximadamente.
3. Ganancias ocasionales
Las ganancias ocasionales tanto para personas naturales y personas jurídicas (tanto residentes como no residentes) se incrementaría al 15 por ciento.
Lo anterior con excepción de las ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas apuestas y similares que quedarían al 25 por ciento (se había propuesto inicialmente que fueran del 35 por ciento, pero en el texto entregado se señala 25 por ciento).
Con respecto a la utilidad ocasional derivada de venta de vivienda, se propone que sea de hasta 5.000 UVT, 209 millones de pesos aproximados (la propuesta era reducirla a 3.000 UVT). Se mantendría el requisito de reinvertir en otra vivienda, lo cual no había sido tenido en cuenta en el proyecto anterior.
4. Impuesto a los dividendos:
Los dividendos (hoy sujetos al 10 por ciento) estarían gravados para las personas naturales residentes bajo las tarifas progresivas generales (que pueden llegar hasta el 20 por ciento) y para los no residentes (tanto personas naturales como sociedades) aplicaría una retención del 20 por ciento.
*Con información de EY