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Noticia

Atención: Corte negó el incidente de impacto fiscal promovido por Minhacienda sobre fallo de deducción de regalías

La Sala Plena concluyó que el ministro de Hacienda no demostró que la Sentencia "produjera alteraciones serias de la sostenibilidad fiscal".

La sesión se celebró en la Corte Constitucional

La sesión que celebró la Corte Constitucional para estudiar el tema.  Foto: Fotos: Milton Díaz / El Tiempo

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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Corte Constitucional negó la solicitud de incidente de impacto fiscal promovido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público sobre la Sentencia C-489 de 2023, que permite la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables

(Lea: Corte define hoy si aplaza la vigencia del fallo sobre las regalías en el Imporrenta)

La Sala Plena concluyó que el ministro de Hacienda “no demostró que la Sentencia C-489 de 2023 produjera alteraciones serias de la sostenibilidad fiscal”. 

El alto tribunal “constató que las cuatro alternativas de modulación propuestas por el ministro de Hacienda violan la norma constitucional en virtud de la cual, bajo ninguna circunstancia, el IIF puede menoscabar los derechos fundamentales protegidos en la Sentencia, restringir su alcance o negar su protección efectiva (artículo 334 de la Constitución)”.

Es decir, que el fallo de la Corte, por ahora, mantiene la vigencia y decide no aplazar o diferir la entrada en vigencia de la sentencia que permite que las empresas mineras descuenten o deduzcan sus regalías del impuesto de renta, lo que se traduce en que los gastos que tienen las empresas mineras en regalías, les sirve para calcular el impuesto de renta. 

La Corte señaló que en contra de esta providencia “procede el recurso de insistencia en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 1695 de 2013”.

En los escritos de sustentación y subsanación del IIF, así como en la audiencia de impacto fiscal, el ministro de Hacienda informó que la Sentencia producía alteraciones serias de la sostenibilidad fiscal por el orden de los $6,7 billones de pesos.
Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda en la audiencia.

Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda en la audiencia. Foto:Cortesía

En sentencia con ponencia de los magistrados Jorge Ibáñez y Cristina Pardo, la Corte adoptó esta decisión, luego de que el pasado 14 de mayo se celebraró una sesión técnica en la que el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, defendiera el incidente de impacto fiscal, pidiéndole a la Corte que no anule el fallo, sino que difiriera su entrada en vigencia.

Parte del sustento del funcionario se basó en que el gobierno ya había hecho un recaudo anticipado por 3.4 billones de pesos en retención en la fuente a varias empresas, aunque también echó mano de la Regla Fiscal al señalar que esta “ofrece confianza a los inversionistas, pero su cumplimiento no garantiza por sí solo la sostenibilidad financiera”.
Corte Constitucional

Corte Constitucional Foto:Cortesía

“Cuando se estableció la reforma tributaria esta tenía como objetivo generar ingresos estables y permanentes para el gobierno nacional central. El impacto de la sentencia deja un vacío en esos ingresos estables y permanentes. Ese vacío es del orden de $34.9 billones de en el corto, mediano y largo plazo dividido en 3 momentos. El corto plazo $6.7 billones que tienen que ver con las vigencias 2023 y 2024. 17.3 billones que tienen que ver con el marco fiscal de mediano plazo 2025 a 2034 y 10.9 billones posteriores a la vigencia 2035”, manifestó Bonilla en la diligencia.

En su explicación del impacto fiscal, el Minhacienda señaló que las retenciones en la fuente hechas durante todo el 2023 buscando percibir el recaudo estimado, producto de lo dispuesto en el mencionado parágrafo 1°, quedaron sin correspondencia legal el 16 de noviembre de 2023, cuando la Corte tumbó un parágrafo de la reforma tributaria que prohibía la deducción de las regalías.

En su defensa al incidente de impacto fiscal, Minhacienda había barajado cuatro escenarios a los cuales se podría enfrentar la cartera, tras el análisis y posterior decisión de la Corte.
Para contrarrestar el impacto descrito, el ministro de Hacienda propuso cuatro alternativas para la modulación de la Sentencia C-489 de 2023: diferir los efectos a partir del 1 de enero de 2025; diferir los efectos a partir del 1 de enero de 2024; diferir los efectos a partir del 1 de enero de 2025 y disponer que el mayor valor del impuesto se reconociera como descuento en cuotas iguales entre los años gravables 2024 y 2028; y diferir los efectos a partir del 1 de enero de 2024 y disponer que el mayor valor del impuesto se reconociera como descuento en cuotas iguales entre los años gravables 2024 y 2026.

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