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¿Por qué cualquiera no puede pedir a Corte información de caso Uribe?

La Corte Suprema le respondió a un ciudadano que le pedía información sobre el estado del proceso.

El senador Álvaro Uribe fue citado a indagatoria, con abogado, el próximo 8 de octubre.

El senador Álvaro Uribe fue citado a indagatoria, con abogado, el próximo 8 de octubre. Foto: EFE

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Un ciudadano no puede "interrogar a la corporación jurisdiccional, formulándole cuestionamientos acerca de lo acontecido en una causa en la cual no es parte ni interviniente con interés, ni utilizarla como si se tratase de un órgano consultivo, y menos cuando la información que busca obtener tiene un vínculo intrínseco con la investigación que se adelanta contra los citados congresistas". 
Esa es la explicación que la Corte Suprema de Justicia le dio a un particular que, a través de una tutela, le pedía al alto tribunal, específicamente a la Sala Especial de Instrucción, que le informara en qué iba el proceso de investigación contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos, para que se retractaran de sus señalamientos en los que lo vinculan con el paramilitarismo.
El ciudadano que presentó la tutela es Daniel Felipe Enríquez Cubides, quien aseguró que se le estaban vulnerando sus derechos de petición y libre a la información. 
Según dijo Enríquez, él junto con otras dos personas le habían pedido el 16 de julio pasado a la Corte en un derecho de petición que les diera información "sobre el estado del proceso que dicha sala lleva en contra de los congresistas Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada por fraude procesal y manipulación de testigos". 
El ciudadano dijo que aunque las peticiones de documentos e información deben resolverse en un término de 10 días, la Sala de Instrucción nunca le dio una respuesta. 
Como por esa época, en julio, la Corte aún no se había pronunciado sobre el llamado a indagatoria contra Uribe, el ciudadano también le pedía al alto tribunal que le informaba la fecha exacta en la que se tenía proyectado fijar la citación contra Uribe y Prada".
Luego, el 16 de agosto, se conoció que la Corte llamó a indagatoria a Uribe, y a Prada para el próximo 8 y 9 de octubre. 
Pero en julio no se sabía cuál sería el futuro del caso Uribe, por lo cual los ciudadanos  le solicitaron a la Corte que, de no ser posible informarles la fecha de indagatoria, la Corte les respondiera cuál era la razón por la cual no se podía estimar cuánto tiempo podía tardar esa citación.
Álvaro Uribe Vélez

Álvaro Uribe Vélez Foto:César Melgarejo. EL TIEMPO

Además, le solicitaban a la Corte que les contestara si en el caso podía darse una prescripción de la acción penal, que les enviara todos los documentos del caso que no tuvieran reserva, y que les explicara si Uribe pierde su investidura, quién se queda con la competencia del caso. 
En una primera decisión, la Sala de Instrucción se opuso a la petición del ciudadano afirmando que él no tiene el derecho de postulación que se requiere en estos casos, es decir, no es una parte procesal.
Eso significa que el ciudadano no es un profesional del derecho, no es abogado de ninguna de las partes juzgadas, no es integrante de la Procuraduría, no es un magistrado ni investigador en el caso, lo que significa que no tiene legitimidad para actuar en esta investigacion ni, por lo tanto, pedir información. 
Ante la negativa, la tutela pasó a la Sala Civil que acabó de darle al ciudadano una respuesta en el mismo sentido. Según la Sala, el derecho de petición no puede usarse para obtener información de procesos judiciales, ya que estos procesos "están sometidos a etapas o fases reguladas por el ordenamiento jurídico procesal de imperiosa aplicación". 
Como Enríquez no es parte ni interviniente en el proceso de Uribe, dice la Corte, esa es la razón por la que tampoco le pueden dar copias de los expedientes, las providencias, autos, o cualquier documento que haya sido proferido por la sala en este caso. 
JUSTICIA

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