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Corte Suprema analizará fallo que implica la reapertura de numerosos casos de única instancia

 La sala extraordinaria será este lunes y abordará una condena estatal por el 'caso Saulo Arboleda'.

Saulo Arboleda Gómez, exministro de Comunicaciones.

Saulo Arboleda Gómez, exministro de Comunicaciones. Foto: FOTO CARLOS JULIO MARTINEZ/ EL TIEMPO

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia convocó para este lunes a una sala extraordinaria en la que exclusivamente analizarán las implicaciones de la condena que dictó la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado colombiano, por el caso del exministro de comunicaciones Saulo Arboleda.
En dicha sentencia se advierte que, en un plazo de un año, el Estado "debe adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho a recurrir el fallo condenatorio, adoptando un mecanismo que permita llevar a cabo una revisión amplia de la sentencia dictada en contra del señor Arboleda y de la condena que esta impuso, en coherencia con la garantía del derecho a recurrir el fallo condenatorio reconocido en el artículo 8.2.h) de la Convención Americana".
Para numerosos analistas, esta orden implicaría la reapertura de al menos dos centenares de sentencias que la Sala Penal de la Corte Suprema dictó en única instancia contra aforados, antes de que comenzara a funcionar en Colombia el derecho a la doble instancia para ellos, que sólo se implementó el Colombia por orden de la Corte Constitucional, y para sentencias posteriores al año 2014, por una tutela que presentó el condenado exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias. 
Myriam Ávila, presidenta de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Myriam Ávila, presidenta de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Foto:Corte Constitucional

Por ello, la Sala de Casación Penal, presidida por la magistrada Myriam Ávila, convocó a una sala extraordinaria para este lunes para evaluar exclusivamente "los efectos de la sentencia de la Corte IDH y diseñar el procedimiento a seguir con casos de doble conformidad judicial, tomando en cuenta la normatividad nacional y convencional".

La historia de Saulo Arboleda, el 'Miti Miti' y el fallo interamericano

En noviembre del año pasado, la Corte Interamericana condenó al Estado por "la violación a los derechos a recurrir el fallo y protección judicial" de la Convención Americana, por la negativa y la imposibilidad jurídica que hasta la fecha existe en Colombia para revisar el fallo de única instancia que la Corte Suprema de Justicia dictó en el año 2000 contra el exministro Arboleda.
Arboleda, exministro del gobierno de Ernesto Samper, fue condenado a 54 meses de prisión por el delito de interés indebido en la celebración de contratos, por un caso que mediáticamente fue conocido como el 'Miti Miti' por la filtración de una conversación privada, en 1997, en la que se recomendaba la adjudicación de una emisora. 
Arboleda pidió la revisión de su condena, reivindicando su inocencia, en seis ocasiones. Pero sólo recibió negativas en Colombia. La justicia interamericana asumió su caso en el año 2021 con la decisión de la que hablamos en estas líneas. 
BOGOTA NOVIEMBRE 13/02- SAULO ARBOLEDA  FOTO MARCELA  ROLDAN/ EL TIEMPO-- DIGITAL

BOGOTA NOVIEMBRE 13/02- SAULO ARBOLEDA FOTO MARCELA ROLDAN/ EL TIEMPO-- DIGITAL Foto:FOTO MARCELA ROLDAN/ EL TIEMPO

En diálogo con EL TIEMPO, Arboleda celebró que la Sala Penal de la Corte anuncie la revisión de su caso. "Aunque es un derecho universal sin excepción, en Colombia no se otorgó a muchos funcionarios llamados aforados, como fue mi caso, en mi condición de exministro de Estado. La decisión de la Corte Interamericana de Derechos humanos a mi favor, sienta jurisprudencia y deberá aplicarse a alrededor de 250 funcionarios estatales condenados en única instancia. Además impone al Estado una dura sanción económica por los perjuicios que me causó una condena que interrumpió, de manera abrupta, mi carrera profesional", expresó Arboleda. 
Su abogado Germán Calderón España advierte que la condena estatal en el caso del exministro también abre la puerta para que se revisen casos de única instancia en otras jurisdicciones. "La Corte Interamericana le ha ordenado al Estado aplicar la segunda instancia a todos los procesos, no sólo penales, porque se habla de toda clase de procesos y toda clase de personas. Hay muchísimos otros procesos, por ejemplo, los procesos de nulidad electoral, o los procesos de insolvencia en la Superintendencia de Sociedades", expresó Calderón.
Con la puerta que abrió el fallo de la Corte Interamericana, podrían reabrirse viejos expedientes sobre la parapolítica y otros sonados casos de corrupción. 
ANA MARÍA CUESTA
Editora de justicia [email protected]

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