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Noticia
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En tensión con Petro, Corte define audiencia sobre la reforma pensional
Juristas analizan la petición. Una magistrada fue beneficiaria de un artículo de la reforma.
Presidente Gustavo Petro y Sala Plena de la Corte Constitucional. Foto: Presidencia / Corte Constitucional
La Corte Constitucional deberá tramitar esta semana una solicitud elevada por el presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, para la realización de una audiencia pública con el pleno del tribunal sobre el futuro de la reforma pensional impulsada por su gobierno. La demanda más avanzada de las decenas que llegaron a la Corte la tramita el despacho de su presidente, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien radicó una ponencia que pide declarar inexequible, o tumbar, todo su articulado.
“¡Hipócritas los que van en contra de la reforma pensional! Unas señoritas o señoras de Bogotá que nunca han vivido en una casa campesina, que nunca han estado en el taller donde trabaja un microempresario, que nunca han vivido en la casa de una obrera que tiene que madrugar a las 4 de la mañana”, dijo el presidente Petro el sábado, y desde un evento en Chicoral, Tolima, en el que también cuestionó, de manera tácita, que los presidentes de las altas cortes no concurrieran a una cita que él convocó en la Casa de Nariño.
Gustavo Petro, presidente de Colombia Foto:Presidencia
“El viernes algunos altos funcionarios no quisieron hablar conmigo. Yo soy el jefe del Estado. Mal mensaje”, manifestó. “¿Cómo es posible que se hable de Estado social de derecho en Colombia cuando los pobres, viejos y viejas no tienen una pensión?”, agregó Petro en una coyuntura en la que ha intensificado sus mensajes sobre la reforma, aprobada en la Ley 2381 de 2024, que comenzaría a regir totalmente desde el próximo 1.º de julio si la Corte le da su aval, y en la que ha hecho llamados a la “movilización permanente” para que el pueblo defienda sus programas sociales.
La audiencia pública
El Presidente le solicitó a la Corte que convoque una audiencia, respaldando otras solicitudes que elevaron en diciembre y enero profesores de la Universidad de Antioquia y los investigadores de la ONG ‘DeJusticia’, Rodrigo Uprimny y Juan Sebastián Ceballos.
“Dichas solicitudes son expresión del legítimo interés ciudadano de que la Corte garantice la deliberación abierta, pública, pluralista y participativa”, expresó Petro. “El procedimiento dice que hasta 10 días antes de decidir, cualquier magistrado puede solicitar que se convoque a audiencia”, explicó el abogado Juan Manuel Charry.
“Cualquier magistrado, antes de 10 días del vencimiento del término, que está para el 28 de mayo, puede solicitarla”, agregó el abogado Andrés DaCosta, sugiriendo que las peticiones solo serán evaluadas si cuentan con respaldo en la magistratura.
Corte Constitucional. Foto:Cortesía
Otros juristas advierten que la audiencia pública resultaría inane en esta etapa. “La audiencia sería importante para ver qué podemos hacer con el sistema pensional, pero en el tema del vicio de forma, la audiencia lo que va a hacer es trasladar el debate político a un escenario jurídico. El vicio en el procedimiento legislativo es un tema absolutamente objetivo: es hubo o no hubo debate. Para ese cargo, la audiencia no funcionaría”, indica la constitucionalista Floralba Padrón.
“Lo que realmente busca el Presidente no es abrir un debate legítimo sobre la constitucionalidad de la reforma pensional, sino ejercer presión sobre la Corte para forzar un fallo a su favor. Esto no solo es una clara intromisión en la independencia judicial, sino una muestra más de su estilo de gobierno”, agregó el exministro de Justicia Wilson Ruiz.
¿Magistrada impedida?
Alterno por decidir sobre la audiencia, la Corte deberá resolver una recusación contra el ponente Ibáñez y un impedimento de la magistrada Diana Fajardo, quien logró su traslado de fondo pensional en virtud del artículo 76 de la reforma, desistiendo de una demanda. Como ella, también se han trasladado de fondo otros 43.000 ciudadanos.