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La arremetida de la Defensoría y de Justicia y Paz contra el concepto ‘bisagra’ con el que la JEP acogió a Mancuso

Bajo ese concepto, la JEP itió al excomandante de las Autodefensas pese a carecer de competencias sobre los paramilitares.

Salvatore Mancuso

El exparamilitar y ahora gestor de paz Salvatore Mancuso. Foto: César Melgarejo / EL TIEMPO

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La presidenta de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, Alexandra Valencia, le pidió a la Corte Constitucional que tumbe el concepto de 'bisagra' incorporado por la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP-, para evitar que la JEP, eventualmente, siga aceptando el sometimiento de excomandantes paramilitares pese a carecer de competencias legales para ello.
La Corte estudia una demanda que presentaron veteranos de la fuerza pública que pide tumbar la definición de bisagra, interpretada por la JEP para asumir los procesos judiciales de los criminales que, como el exjefe de las Auc Salvatore Mancuso, actuaron “funcional y materialmente incorporados a la fuerza pública” y unieron los hilos de “paramilitares, militares y otros agentes del Estado, empresarios y políticos para construir el engranaje de una estructura macrocriminal”.
“La Jurisdicción de Justicia y Paz no encuentra acertada la interpretación que la JEP ha realizado para adjudicar estatus de agente de Estado, a quien integró estructuras paramilitares, y bajo tal condición criminal sostuvo alianzas con integrantes de las fuerzas armadas del país. Y si a estas terribles alianzas desean llamarlas bisagra, estará en su fuero como sistema de justicia hacerlo, pero no para modificar el contexto de violencia del país”, manifestó la magistrada Valencia. 
Audiencia de la Corte Constitucional sobre la figura de bisagra, creada por la JEP.

Audiencia de la Corte Constitucional sobre la figura de bisagra, creada por la JEP. Foto:Ana María Cuesta

"Si bien dicho enunciado (bisagra) ha sido usado para describir el fenómeno paramilitar, la cuestión de fondo que ha quedado en evidencia es que dicha integración estratégica, funcional, fue a la inversa. Es decir, fueron los individuos que ubicados en distintas esferas, o élites del poder político, militar, entre otros, los que se concertaron con las distintas estructuras paramilitares del país”, agregó la magistrada. 

Preocupación en las Salas de Justicia y Paz

La magistrada asegura que las Salas de Justicia y Paz del país tienen “serias inquietudes” por la actuación de la JEP de catalogar “como agente del Estado, a un integrante del paramilitarismo, bajo la denominación del sujeto bisagra”.
“Si esto fuese así, y si el paramilitarismo del país operó bajo la consigna de la lucha antisubversiva, no faltaría quien llegue a pensar que, en consecuencia, las víctimas del paramilitarismo tuvieron una condición guerrillera, cuando lo cierto es que casi la totalidad de las víctimas de dicha estructura fueron inermes integrantes de la población civil”, anotó.
Salvatore Mancuso y Alexandra Valencia, magistrada de Justicia y Paz.

Salvatore Mancuso y Alexandra Valencia, magistrada de Justicia y Paz. Foto:JEP y captura de pantalla de la Comisión de la Verdad

Según Valencia, un postulado que aspire a ingresar a la JEP en condición de bisagra eventualmente puede ser excluido de Justicia y Paz si se comprueba que omitió decir la verdad, o que no dijo todo completo en dicha jurisdicción. "El efecto implicaría que fuera que la justicia ordinaria asumiera las investigaciones contra el excluido", agregó.

Defensoría del Pueblo advierte que el concepto bisagra puede afectar la seguridad jurídica

A su turno, la Defensoría del Pueblo, a través de la delegada para la justicia transicional Mariana Ardila, también manifestó su oposición al concepto de bisagra, advirtiendo que "puede afectar la seguridad jurídica, tanto de comparecientes, postulados como de las víctimas”.
Añadió Ardila que “un comandante paramilitar no pertenece al servicio público, no ostenta condición de garante, y por tanto su juzgamiento y responsabilidad debe ser distinta”, insistiendo en que la JEP no tiene competencias sobre estos sujetos. 
“Estimamos contrario al Acuerdo de Paz y a su desarrollo hacer una equiparación que permita, aunque sea por buenos propósitos, activar la competencia. Para la Defensoría no se trata de una cuestión de honor de la fuerza pública sino de la responsabilidad de garante que el Estado ha dado a un servidor público, a un miembro de la fuerza pública, que debe ser tenida en cuenta cuando defrauda esa posición de garante”, agregó la delegada. 
ANA MARÍA CUESTA
Editora de justicia [email protected]

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