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Condenan al exgobernador del Cesar Lucas Gnecco por vicios en contratos

La decisión la tomó la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia.

López, de 38 años, compareció ante un juez federal de Brooklyn, en Nueva York y se declaró inocente.

López, de 38 años, compareció ante un juez federal de Brooklyn, en Nueva York y se declaró inocente. Foto: Rodolfo González / Archivo EL TIEMPO

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La Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador del departamento del Cesar, Lucas Segundo Gnecco Cerchar, por irregularidades en la celebración de cinco contratos de obras públicas en 1999, los cuales tenían como objeto la rehabilitación y mejoramiento de la carretera entre el Zanjón y el Pueblo Bello (Cesar). También por dos contratos de febrero del 2000 para construir una calle en Bosconia (Cesar).
La decisión de primera instancia implica una pena de 5 años y 2 meses de prisión por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y una multa de 15,4 salarios mínimos legales mensuales vigentes. No obstante, por enfermedad grave la pena la pagará en casa por cárcel.
La Sala Especial de Primera Instancia determinó que el exgobernador Gnecco Cerchar tramitó y celebró los citados contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales. Esto, debido a que acudió a la fragmentación del objeto contractual, con el fin de evadir la licitación, el cual era un requisito esencial en los negocios objeto de juzgamiento, desconociendo con ello los principios de la contratación pública.
“(…) la obra fue pensada para ser ejecutada bajo un solo contrato, sin que exista justificación algunas para su segmentación, ni desde lo jurídico y menos desde lo técnico", dice la decisión.
"El anterior análisis permite entender que entre cada grupo de contratos (134 a 138 y 004 y 006) era predicable la unidad de objeto, sin que las razones para realizar múltiples contratos se funden en criterios razonables de satisfacción del interés público, sino que, por el contrario, estas lucen artificiosas y dirigidas a desatender las reglas contractuales”, agrega el fallo.
La sentencia destaca que el fraccionamiento tuvo como finalidad alterar el objeto del contrato y dividir su cuantía para que pudiera ser adjudicado de forma directa, prescindiendo del procedimiento de licitación pública que exigía la ley por el monto del rubro a ejecutar.
La Sala de Primera Instancia también determinó que el exgobernador actuó con culpa, y destacó que el hecho de que Gnecco Cerchar solo hubiera estudiado hasta primero de bachillerato no lo exhimía de su responsabilidad en la conducta investigada, pues su trayectoria política indica que contaba con experiencia en cargos públicos.
“Gnecco Cerchar tenía plena conciencia de la antijuridicidad de la conducta desplegada, dada su vasta experiencia en la vida pública, desempeñándose a lo largo de su carrera política como concejal del municipio de La Paz (Cesar), diputado de la Asamblea departamental del Cesar y Representante a la Cámara por el mismo departamento, además de haber ostentado la calidad de gobernador en dos oportunidades: la primera, para el período 1992-1995, y la segunda en el período 1998-2000", agrega el fallo.
En Twitter: @JusticiaET

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