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Los argumentos en la controversia del reclamo de persecución del Pacto Histórico

La polémica por las facultades de la Procuraduría sigue por pedido de medidas cautelares en la CIDH.

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La bancada del Pacto Histórico acudirá ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para pedir medidas cautelares para el ejercicio de sus derechos políticos.
Ante el organismo presentará pruebas sobre cómo presuntamente la Procuraduría ha realizado una persecución política en su contra mediante procesos disciplinarios que, en su criterio, no pueden hacerse porque se trata de una entidad istrativa y no judicial. Tales como destituciones e inhabilitaciones, acciones que, dice, solo puede tomar un juez penal.
Esto lo sustenta con base en la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso del hoy presidente Gustavo Petro. Su cumplimiento es objeto de amplio debate, pues mientras que el jefe del Estado insiste en que su aplicación debe ser literal, la norma que finalmente aprobó el Congreso y que revisó la Corte Constitucional hizo una armonización para adaptar ese mandato a la ley interna.
Aunque inicialmente se le habían dado funciones jurisdiccionales a la Procuraduría -que rechazó la Corte IDH advirtiendo que la ley no cumplía su fallo-, la Corte Constitucional las tumbó en un fallo que dejó en claro que el Ministerio Público, en su rol istrativo, sí puede sancionar, destituir e inhabilitar a elegidos por voto popular, con la precisión de que dicha actuación debe tener control judicial del Consejo de Estado.
Álex Flórez en audiencia ante la Procuraduría.

Álex Flórez en audiencia ante la Procuraduría. Foto:Archivo particular

Este debate revivió luego de que el senador Álex Flórez fue suspendido por ocho meses por insultar, en estado de embriaguez en el 2022, a policías en una calle en Cartagena y llamarlos asesinos. Y también por la apertura de un caso contra el senador Wilson Arias por supuestamente señalar a policías de incurrir en actos de tortura en contra de unas personas que habían sido detenidas en un bloqueo en 2021.
La procuradora Margarita Cabello ha dicho que no solo ha iniciado procesos a integrantes del Pacto, sino que también los ha archivado. Así sucedió con una decisión en noviembre de 2022, relacionada con Susana Muhamad, ministra de Ambiente, cuando fue secretaria de Ambiente de Bogotá. O bien, una de febrero pasado contra tres baluartes de esa colectividad: lnti Asprilla, María José Pizarro y David Racero, en un caso iniciado por no presentar declaraciones de renta.
La Procuraduría también ha abierto casos a congresistas de otros partidos, como al representante conservador Juan Loreto Gómez por hallazgo de munición en el carro asignado por la Unidad Nacional de Protección, y por las regalías de La Guajira; y al senador de la Alianza Verde Jonathan Ferney Pulido, conocido como JP, por una queja presentada en su contra por Roy Barreras.
Si bien el Consejo de Estado debe adelantar la revisión automática, como dijo la Corte, el tribunal de lo contencioso istrativo tiene posturas diferentes. Un togado dice que esa revisión es contraria al fallo de la Corte IDH, y otra magistrada no lo estima así y ya tiene un caso.

El debate

El exprocurador Alfonso Gómez Méndez le dijo a EL TIEMPO que la decisión de la Corte IDH no se puede entender literalmente, pues hasta se pondría en duda la facultad que tiene el Consejo de Estado para decretar la pérdida de investidura de los congresistas, y que ante una diferencia entre cortes primaría el mandato de la Corte Constitucional.
No es cierto que la Procuraduría esté usurpando funciones porque se las dio la propia Constitución del 91, reiteradas por la Corte.
No es cierto que la Procuraduría esté usurpando funciones porque se las dio la propia Constitución del 91, reiteradas por la Corte. Ahí me parece que no hay discusión y no podemos hablar de una persecución”, dijo Gómez al indicar que, si se quiere dar una interpretación literal del fallo, se necesita una reforma constitucional.
Dicha reforma tendría que modificar las funciones actuales de la Procuraduría y disponer de un mecanismo para que jueces penales conozcan de hechos que, como en el caso de Flórez, son faltas disciplinarias y no delitos, adecuando las necesidades de la Rama Judicial para ello y así evitar una alta congestión.
El exprocurador Carlos Gustavo Arrieta fue más allá y dijo que el debate actual es “lamentable” y apuntó que el fallo de la Corte IDH, desde el principio, “fue sesgado” porque habría desconocido que el Pacto de San José afirma que a las personas solo se las podrá privar de sus derechos políticos por decisión de juez o autoridad competente, que en el caso de Colombia es la Procuraduría. Arrieta agregó que, a su juicio, la petición del Pacto es “una obra de teatro (...). Tan histriónico es lo que dicen que olvidan que la Procuraduría ha absuelto a más funcionarios de los que ha sancionado. Es como si supieran que tienen rabo de paja”.
Corte Constitucional 2023

Corte Constitucional 2023 Foto:Corte Constitucional

Por otro lado, el exconsejero de Estado Gustavo Gómez dijo que el Pacto de San José tiene rango constitucional, por lo cual se está incumpliendo el fallo de la Corte IDH, y la Procuraduría, si bien podría suspender a los elegidos por voto, no los puede destituir e inhabilitar. “Una destitución implica un prevaricato del órgano disciplinario, es cometer un delito. Eso sí es grave”, dijo.
Una destitución implica un prevaricato del órgano disciplinario, es cometer un delito. Eso sí es grave.
“El Pacto de San José dice que no se podrá destituir por decisión istrativa. Mientras el Congreso no opere y mientras el orden jurídico de Colombia no se modifique, entonces estamos irrespetando la carta del 69 y una sentencia de la Corte IDH”, señaló.
El exministro del Interior Juan Fernando Cristo señaló que, si bien la Corte ratificó la facultad de la Procuraduría, sujeta al control del Consejo de Estado, sí habría razón en el reclamo del Pacto.
“No entro a calificar, pero sin duda alguna sí es muy coincidente que con el cambio de gobierno, en la Procuraduría se haya activado todo el ejercicio del control, no solamente a funcionarios elegidos popularmente, sino a todos los funcionarios, y a opinar sobre los distintos temas de agenda del Gobierno. Por lo menos no emitía sus opiniones sobre la agenda legislativa de Duque”, dijo.
Cristo agregó que “ya hay un fallo de la Corte, uno esperaría que la Procuraduría utilice esas facultades con imparcialidad, con objetividad y se las aplique a todos los funcionarios independientemente de su origen político”.

¿Qué sigue?

Expertos indicaron que la Comisión tendrá que analizar el pedido que llegue, revisando de manera separada los casos que tengan abiertos los congresistas y también señalaron que,en el caso de una persecución política, es el Estado el que debe probarle a los organismos internacionales que no se está incurriendo en dichas actuaciones.
El abogado Víctor Mosquera, quien adelanta múltiples procesos ante la CIDH, opinó que para el Pacto Histórico “traspasar el umbral de la existencia de persecución política es difícil porque un criterio objetivo es que son actualmente el partido de gobierno y detentan el poder, y pueden promover las leyes necesarias para que nuestra legislación sea compatible con los tratados internacionales de derechos humanos”.
Mosquera agregó que, su en gracia de discusión se establece que la ley actual aún no compatible con el fallo de la Corte IDH en un caso concreto, la persona involucrada podría, antes de acudir a la CIDH a pedir medidas cautelares, puede presentar una demanda ordinaria, acudir al recurso de revisión o algo que se llama la excepción de convencionalidad.
En todo caso, el abogado dijo que en su criterio Colombia sí tiene un problema estructural porque sus leyes no son del todo compatibles con la Convención, “lo que implica es que todo los ciudadanos elegidos democráticamente puedan ser afectados por decisiones sancionatorias de la Procuraduría, pero dichas decisiones no solo afectan a un partido político determinado”.
Redacción Justicia
En Twitter: @JusticiaET

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