El cierre de una discusión judicial de más de tres años sobre el fracking está cerca, pues en el Consejo de Estado fue radicada la ponencia para definir si, como pide una demanda interpuesta en 2016, deben anularse dos normas que regulan esa técnica en el país.
Para el próximo 11 de marzo está previsto que la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado se reúna para estudiar, debatir, y luego decidir sobre el proyecto de sentencia presentado, que debe definir si el alto tribunal tumba, o no, el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014, que establecen los criterios para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales a través de fracking.
De la decisión que tome el Consejo de Estado depende que el fracking esté regulado legalmente en el país. Aunque el Ministerio de Minas –que es el demandado en el proceso– ha sostenido que, aún si se llegaran a caer el Decreto y la Resolución, el Gobierno podría expedir otra regulación, puesto que el Congreso no ha prohibido el uso del fracking.
En cualquier caso, la decisión final en este proceso será del Consejo de Estado, y este fallo se produciría en las próximas semanas.
Estas normas fueron demandadas por considerar que la técnica tendría graves e irremediables efectos en el medioambiente y la salud humana y que, al expedirse esa normativa, se faltó al principio de precaución que establece que el Estado está obligado a prevenir este tipo de daños.
En octubre pasado terminó el proceso de pruebas de la demanda, que duró más de un año y medio. En esa etapa se recibieron múltiples testimonios, pruebas escritas, un peritaje -ordenado por el Consejo de Estado- de la Universidad Nacional sobre distintas dimensiones y efectos de la actividad de fracturamiento hidráulico, entre otras.
Además, a final de octubre al Consejo de Estado llegaron 18 escritos con los alegatos de conclusión de las distintas partes involucradas en este proceso. Seis de los escritos pedían mantener las normas tal como están, mientras que 12 entidades, entre esas la Procuraduría General, consideran que la regulación del fracking debe anularse.
Entre los que pidieron al Consejo de Estado mantener la regulación están el Ministerio de Minas y Energía, Ecopetrol, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la Agencia Nacional de Hidrocarburos, la Asociación Colombiana de Petróleo y la Asociación Colombia de Ingenieros de Petróleo.
En sus argumentos finales, dijeron que no aplica el principio de precaución frente a presuntos daños irremediables al medioambiente y la salud porque, según manifestaron, en el proceso no se probó que los hubiera, sino que había riesgos que podían mitigarse.
Además, entidades como Ecopetrol, el Ministerio de Minas y la Agencia Nacional de Hidrocarburos señalaron que como este es un proceso de nulidad simple, el alto tribunal debe limitarse a decidir sobre la legalidad de las normas, pero no a definir si prohíbe o permite el fracking. Por demás, el Minminas aseguró que como esta actividad no ha sido prohibida por el Congreso, el Gobierno podría reglamentar, con otras normas, esta técnica aún si el alto tribunal tumba el Decreto y Resolución demandadas.
En la otra orilla del debate se ubicaron 12 entidades y personas que le pidieron al alto tribunal anular las normas demandadas. Entre estos está la Procuraduría, cuatro congresistas, el Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario, la Clínica Jurídica de medioambiente y salud pública de la Universidad de los Andes y varias corporaciones ambientales, entre otros.
Para los que piden tumbar las normas, la incertidumbre científica que hay sobre la técnica y sus consecuencias nocivas debe llevar a aplicar el principio de precaución y a no permitir el desarrollo de la misma.
Por eso, no solo pidieron tumbar las dos normas demandadas sino el Decreto 328 de 2020, con el que el Gobierno reguló los proyectos piloto de investigación integral (PPII) sobre fracking.
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