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Estas son las nuevas órdenes del comandante de las FF. MM. por elecciones del domingo
El general Helder Giraldo impartió 15 nuevas directrices para garantizar la jornada electoral.
En la mañana de este miércoles, el comandante de las Fuerzas Militares, general Helder Fernan Giraldo Bonilla, le impartió una serie de órdenes a los integrantes del Ejército, la Armada y la fuerza Aeroespacial para fortalecer los dispositivos de seguridad de las elecciones regionales de este domingo.
En esa línea, EL TIEMPO conoció que se trata de 15 instrucciones u órdenes que deberán ejecutar los uniformados para dar cumplimiento al Plan Democracia.
1. Los Comandantes militares en todos los escalones tácticos antes de las jornadas electorales deben efectuar reuniones previas de articulación con las entidades del Estado competentes, así como con las demás unidades militares y policiales que se encuentran en sus áreas de responsabilidad, con el fin de establecer los niveles de seguridad, roles y funciones propias de cada autoridad.
2. Denunciar los delitos electorales que se cometan durante los comicios como: abuso de autoridad por omisión de denuncia, intervención en política, perturbación del certamen democrático, constreñimiento al sufragante, tráfico de votos, alteración de resultados electorales, entre otros.
3. Se reitera que los integrantes de las Fuerzas Militares no podrán ejercer la función del sufragio, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos.
Las Fuerzas Militares activaron el 'Plan Democracia' para las elecciones legislativas. Foto:Cortesía Fuerza de Tarea Conjunta Titán
6. Las actuaciones de las Fuerzas Militares deben estar enmarcadas dentro de la doctrina militar, así como en el respeto y observancia del derecho internacional de los derechos humanos, para el fortalecimiento de la legitimidad institucional durante el proceso electoral.
7. Capacitar al personal militar que desarrollará los dispositivos de seguridad durante los comicios, con énfasis en los delitos contra los mecanismos de participación democrática.
En el Plan Democracia, el Ejército dispuso de más de 60.000 integrantes para garantizar la seguridad en los comicios. Foto:Ejército
Capturas en flagrancia deberán de informarse de inmediato a la Fiscalía
8. Las unidades militares establecerán dispositivos de seguridad de forma perimétrica al área donde se desarrollen los comicios y mantendrán el despliegue de las capacidades de inteligencia.
9. En caso de presentarse algún evento donde se le endilgue responsabilidad a las tropas por uso excesivo de la fuerza u omisión en la aplicación de la misma, se debe informar inmediatamente al comandante superior, a fin de que con la asesoría del Estado Mayor o Plana Mayor se realice un acompañamiento directo al personal comprometido en todos los procedimientos jurídicos como son: actos urgentes, primer responsable, investigación disciplinaria, entre otros.
10. Informar a la Fiscalía General de la Nación y Policía Nacional para la realización de los actos urgentes y en caso de captura en flagrancia, realizar informe dirigido a la autoridad competente mediante el cual se describan las circunstancias de tiempo, modo y lugar, coordinando la realización de actuaciones pertinentes para el procedimiento de legalización de la captura. Así mismo, requerir la presencia de los órganos de vigilancia y control electoral.
Las órdenes del Plan Democracia. Foto:Fuerzas Militares
En caso de requerirse, entrará UNDMO
11. Mantener las comunicaciones con las unidades militares comprometidas, con el fin de brindar asesoría en el manejo de las comunicaciones estratégicas y la toma de decisiones de los señores comandantes en todos los niveles del mando durante la jornada electoral.
12. Coordinar con la Policía Nacional el empleo del UNDMO (antiguo Esmad), en caso de que se requiera, igualmente mantener una reserva apropiada en el evento de requerirse.
13. Implementar y desarrollar la competencia distintiva de seguridad de área extensa en los puntos donde realmente se necesiten, según la solicitud y previa autorización de los comandos de fuerza y autorización de la Subjefatura de Estado Mayor de Operaciones del comando general, asegurando que las unidades autorizadas ejecuten esta actividad de manera efectiva.
14. En esta semana previa a la ejecución máxima del Plan Democracia, el próximo 29 de octubre, es crucial que garanticemos todas las medidas de seguridad al pie de la letra, nuestra responsabilidad como Fuerzas Militares es garantizar que el proceso electoral se desarrolle de manera pacífica y segura para todos los ciudadanos.
15. Así mismo, es importante tener presente lo estipulado en La Ley 1801 del 2016 Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, en su artículo 170: “la asistencia militar es el instrumento legal que puede aplicarse cuando hechos de grave alteración de la seguridad y la convivencia lo exijan, o ante riesgo o peligro inminente, o para afrontar emergencia o calamidad pública, a través del cual el Presidente de la República, podrá disponer, de forma temporal y excepcional de la asistencia de la fuerza militar. No obstante, los gobernadores y alcaldes municipales o distritales podrán solicitar al Presidente de la República tal asistencia, quien evaluará la solicitud y tomará la decisión. La asistencia militar se regirá por los protocolos y normas especializadas sobre la materia y en coordinación con el comandante de Policía de la jurisdicción”.