En la mañana de este martes
la Procuraduría General emitió un comunicado en el que criticó la congestión que se registra en el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Tumaco (Nariño).
De acuerdo con el Ministerio Público, esa situación ha llevado a que en los últimos cuatro meses "más de un centenar de personas privadas de la libertad haya quedado libre por vencimiento de términos".
La Procuraduría cita como ejemplo el caso de los periodistas ecuatorianos del diario El Comercio, Paul Giovanny Rivas Bravo, Juan Javier Ortega Reyes y Kelly Efraín Segarra, quienes fueron secuestrados y asesinados en marzo de 2018. Dos de los implicados quedaron en libertad.
En este caso, "los sindicados Gustavo Alfonso Ospina y Gustavo Angulo Arboleda quedaron en libertad en junio y agosto pasado, respectivamente, al cumplirse el término legal para que se iniciara la audiencia preparatoria, luego de la acusación presentada por la Fiscalía General de la Nación", señala la Procuraduría.
Señala la Procuraduría que el juzgado es el único en Tumaco que conoce procesos contra los privados de la libertad. Ese juzgado, dijo, "realizó 154 audiencias por vencimiento de términos, de las cuales en un 70 por ciento fue concedida la libertad a los procesados, algunos de los cuales están sindicados de los homicidios de líderes y lideresas de Nariño".
Señala el Ministerio Público que los delitos más comunes en los que se han concedido libertades son homicidio, tráfico de estupefacientes, concierto para delinquir agravado, secuestro, extorsión, agresiones sexuales y porte ilegal de armas.
La Procuraduría estableció que en mayo del año pasado se realizaron 26 audiencias por vencimiento de términos: "27 en junio, 59 en julio, y en lo corrido de agosto ya se han efectuado 42".
Realizó 154 audiencias por vencimiento de términos, de las cuales en un 70 por ciento fue concedida la libertad a los procesados
La Procuraduría señala que hace pública su preocupación sobre la situación del juzgado de Tumaco, aludiendo que en algunos casos las audiencias están siendo programadas con un espacio de hasta siete meses, "término este que desconocería los principios de celeridad y oportunidad con los que se deben atender los procesos penales", señala.
Resalta que aunque los procesados gozan del amparo de la presunción de inocencia, las libertades otorgadas por vencimiento de términos lesionan indiscutiblemente los derechos de las víctimas, quienes reclaman una justicia pronta y oportuna.
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