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Centros Poblados: Tribunal de Bogotá ratifica que Abudinen no es víctima

Magistrados señalaron que no se probó el daño que se le ocasionó a la exministra de las TIC.

El juzgado reconoció a todos como víctimas, menos a la exministra de las TIC.

El juzgado reconoció a todos como víctimas, menos a la exministra de las TIC. Foto: César Melgarejo. EL TIEMPO

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En una decisión de 43 páginas, el Tribunal Superior de Bogotá ratificó la decisión de un juez de la ciudad que le negó a la exministra Karen Abudinen la acreditación como víctima en un proceso contra un grupo de personas judicializadas por las irregularidades en el contrato de Centros Poblados.
La exfuncionaria se presentó a través de su abogado para ser reconocida como víctima en el proceso contra Juan José Laverde, Emilio José Tapia Aldana, Jorge Enrique López Benavides y Luis Fernando Duque Torres.
Su abogado argumentó que Abudinen se vio afectada por los delitos cometidos por los procesados quienes engañaron a funcionarios del Ministerio "con la presentación de las garantías" y que ella misma hizo las denuncias del caso.
"Para el defensor, los señalamientos en contra de su representada en los medios de comunicación y las redes sociales 'se derivan únicamente de los hechos objeto de acusación' ”, se lee en el proceso.
El 14 de diciembre del año pasado, el Juzgado Cuarenta Penal del Circuito de Bogotá decidió no reconocer a Abudinen y a la  empresa SesColombia, la decisión fue apelada y llegó al Tribunal de Bogotá.
Emilio Tapia en imputación por presunta corrupción en Emcali.

Emilio Tapia en imputación por presunta corrupción en Emcali. Foto:Fiscalía

Ahora, en su decisión el Tribunal señala que "teniendo en cuenta los elementos de convicción presentados por el apoderado, la Sala considera que no son suficientes para afirmar que los actos delictivos posiblemente desplegados por Juan José Laverde produjeron, directa o indirectamente, un perjuicio real y concreto".
Y añade que mal podría el Tribunal asumir que el contenido de la información "difundida por los medios de comunicación transgredió el derecho a la honra de Karen Abudinen y, por otro lado, que esa circunstancia sea consecuencia del delito investigado".
Aunque señala que ella realizó labores para aclarar los hechos que se dieron con el contrato, "el  interés por la búsqueda de la verdad y el deber que como ciudadana y servidora pública tenía de poner en conocimiento ciertas irregularidades no puede desnaturalizar los presupuestos legales y jurisprudenciales para el reconocimiento de la calidad de víctima, como acreditar la existencia de un daño real y concreto que sea consecuencia del ilícito investigado".
@JusticiaET

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