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El 28 de julio habrá fallo por incendio en CAI que dejó 8 muertos

En septiembre de 2020, la emergencia en Soacha causó el fallecimiento de la mayoría de detenidos.

Hoy podría haber imputación de cargos a los policías que por omisión habrían dejado quemar a los jóvenes en la estación de policía de Soacha.

Hoy podría haber imputación de cargos a los policías que por omisión habrían dejado quemar a los jóvenes en la estación de policía de Soacha. Foto: Archivo particular

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Con los alegatos finales de los abogados que defienden a las víctimas, tras haber escuchado los de los defensores de los procesados, terminó este lunes el juicio disciplinario contra tres policías señalados como responsables de la muerte de 8 detenidos que estaban en la estación San Mateo, de Soacha, y que fallecieron como consecuencia de un incendio el 4 de septiembre de 2020.
Además de los 8 fallecidos, otras tres personas resultaron heridas en los hechos.
De acuerdo con el pliego de cargos de la Procuraduría, el incendio no fue atendido a tiempo y los policías tampoco habrían sacado a tiempo de la celda a las 11 personas que estaban allí.
Los uniformados investigados son el teniente César Augusto Martínez Fernández, la subteniente Aleida del Pilar González Quiroz y el patrullero Jorge Eliécer Suárez Orduz. Los primeros dos eran el comandante y subcomandante, respectivamente, de la estación para el momento de los hechos, y Suárez era el custodio que tenía las llaves de la celda.
Durante las últimas audiencias, los abogados de los uniformados pidieron que sean declarados inocentes, y sostuvieron argumentos que manifestaron durante todo el juicio: que los responsables de la muerte de los detenidos son ellos mismos, pues fueron quienes prendieron fuego a una colchoneta.
Por ejemplo, el abogado Jairo Bulla, que representa al patrullero Suárez Orduz, manifestó que no se puede condenar a los policías por el "suicidio" de los detenidos, e insistió en que fue un acto suicida el de los detenidos.
Bulla fue más allá y señaló que en ningún momento "se escucharon gritos adentro", sino que los gritos eran de los familiares que estaban afuera. En el hecho de que, según manifestó, los detenidos supuestamente no hubieran gritado o pedido auxilio sustentó nuevamente su argumento de que fue un suicidio, y no un homicidio.
Los abogados de los uniformados también insistieron en que los policías no habían recibido ninguna formación para atender o apagar incendios y que no faltaron a sus responsabilidades.
En el otro lado, los defensores de los familiares de las víctimas pidieron la máxima condena: 20 años de destitución e inhabilidad para ocupar cargos públicos. Los abogados reiteraron que lo que ocurrió fue una grave violación de los derechos humanos, que no se socorrió a tiempo a los detenidos y que "se preocuparon más por reportar una supuesta fuga que nunca ocurrió", como dijo uno de los defensores, que por ayudar a las personas que se estaban quemando.
Con los argumentos verbales, así como escritos que se enviarán al despacho, la procuradora delegada para la Fuerza Pública y la Policía Judicial analizará el caso y el 28 de julio citó para la lectura de fallo disciplinario.

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