El anuncio, aún sin confirmación oficial segura, sobre la muerte del disidente de las Farc 'Jesús Santrich' marcaría el cierre de varios procesos judiciales que tenía en su contra tanto por su permanencia en las Farc (hoy guerrilla desmovilizada), como por delitos que habría cometido después de la firma del Acuerdo de Paz.
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Santrich', cuyo nombre de pila es
Seuxis Pausias Hernández Solarte, nació el 31 de julio de 1967 en Tolú Viejo, Sucre. Hizo parte de la Unión Patriótica e ingresó a las filas de las Farc pasando los 20 años, luego de la matanza indiscriminada de los integrantes de esa colectividad.
Fue parte del Bloque Caribe y se encargaba de las distribución de la propaganda ideológica de la guerrilla. Se desmovilizó de las Farc con la firma del Acuerdo de Paz, en el que participó como jefe negociador. Con esto, quedaron suspendidos cuatro requerimientos judiciales que tenía 'Santrich' por los delitos de homicidio, lesiones, daño en bien ajeno, terrorismo, rebelión y secuestro extorsivo.
Pero el 9 de abril de 2018 llegó la noticia: fue capturado por la Fiscalía General de la Nación por supuestamente pertenecer a una organización de narcotráfico, hechos que el exjefe guerrillero negó argumentando que había sido víctima de un "entrampamiento".
Su captura la solicitó la justicia de Estados Unidos para que compareciera a juicio por delitos de narcotráfico, de conformidad con la acusación formal No. 18Cr.262 dictada el 4 de abril de 2018 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York.
En medio de cuestionamientos políticos, luego de que
'Santrich' hiciera una huelga de hambre en la cárcel, en mayo de 2019 la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le otorgó la garantía de no extradición y le ordenó a la Fiscalía dar trámite inmediato a la liberación del guerrillero.
El 15 de mayo de 2019, el fiscal Néstor Humberto Martínez cuestionó la decisión de la JEP y renunció a su cargo. Dos días después, 'Santrich' fue recapturado justo a la salida de prisión y luego de un conflicto de competencias, el futuro de su caso quedó en manos de la Corte Suprema de Justicia y no de la Fiscalía.
El largo proceso de extración de 'Santrich'
En julio de 2019, la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema ordenó la captura internacional de
‘Santrich’ luego de que no asistiera a la indagatoria que le fue programada para ese día por cuenta del proceso por presunto tráfico de drogas, por el cual fue inicialmente capturado en abril de 2018, cuando era líder de la extinta guerrilla de las
Farc.
Y en agosto de 2019, luego de su desaparición de un Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) en La Guajira, 'Santrich' se dejó ver en un video junto con 'Iván Márquez', rearmado y anunciando la creación de una nueva guerrilla: la Segunda Marquetalia.
Su regreso a la insurgencia generó que el 13 de septiembre de 2019, la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la JEP declarara a Hernández Solarte como desertor manifiesto del proceso de paz y derogara el beneficio de garantía de no extradición que le había dado.
Esa decisión reactivó en la Corte Suprema de Justicia el trámite de extradición hacia los Estados Unidos.
El 18 de febrero de 2020, el Ministerio de Justicia remitió copia al alto tribunal de la Nota Verbal No. 0243 de ese mes con la que la justicia de Estados Unidos volvía a pedir el envío del guerrillero a ese país como lo había hecho en la Nota Verbal 0880 del 7 de junio de 2018.
‘Santrich’ era requerido mediante la acusación No. 18 Cr. 262 dictada el 4 de abril de 2018 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York por supuestamente pertenecer a una organización de tráfico de narcóticos que operaba desde Colombia hacia los
Estados Unidos por tres cargos, en hechos por los cuales también fue investigado en territorio nacional.
La Fiscalía resumió el caso señalando que entre junio de 2017 y hasta el 9 de abril de 2018, Hernández sostuvo reuniones con Armando Gómez España, Fabio Younes Arboleda y Marlon Marín en las que se habría negociado el envío de cinco kilos de cocaína que habría conseguido Santrich de disidencias de las Farc. Las negociaciones habrían pasado desde los 2000 kilos a las diez toneladas.
“Desde junio de 2017 hasta la fecha, testigos que cooperan en el caso (CWs) participaron en conversaciones tanto en persona como telefónicamente, grabadas legalmente, con los co-acusados con el fin de negociar la compra de miles de kilogramos de cocaína con destino a los Estados Unidos”, decía el indictment.
El primer cargo por el que era requerido ‘Santrich’ era concierto para importar cocaína. Allí, la justicia de Estados Unidos aseguraba que Hernández Solarte tenía “ a laboratorios para suministrar la cocaína y a aviones registrados en Estados Unidos para transportar la droga dentro y a través de Colombia, además entregaron kilogramos de cocaína a otros como, entre otras cosas, evidencia de su a cantidades de tonelajes de cocaína”.
El segundo cargo y tercer cargo, por intento de importar cocaína, advertía que
'Santrich' tuvo la intención de enviar droga a
Estados Unidos sabiendo que se trataba de una sustancia controlada. “ (…) con la intención, a sabiendas, y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilícitamente a los Estados Unidos y en aguas dentro de una distancia de 12 millas de la costa de los Estados Unidos desde un lugar fuera de dicho lugar fuera de dicho país”.
‘Santrich’ y su defensa alegaron que este fue víctima de un entrampamiento y negó tales acusaciones. Para la Corte Suprema, como la imputación de cargos que pretendió hacer la Fiscalía nunca se materializó, sí era viable pronunciarse sobre el pedido de extradición y el pasado 13 de mayo de 2021 avaló tal petición.
“Los comportamientos desplegados por Seuxis Paucias Hernández Solarte configuran delitos tanto en Colombia como en el país requirente y, además, en ambos sistemas normativos el legislador dispuso una pena mínima de privación de la libertad en monto superior a los cuatro años. Se cumple así este presupuesto”, dijo la Sala Penal.
“La circunstancia de no encontrarse privado de la libertad el ciudadano Seuxis Paucias Hernández Solarte no inhibe por tal causa a la Corte de conceptuar favorablemente, anotado como fue en precedencia que si bien la Sala de Revisión de la JEP al momento de reconocer la garantía de no extradición dispuso de su liberación, conforme lo ha entendido la Sala, en el caso de los ciudadanos de nuestro país se presume su permanencia en suelo colombiano”, dijo la Corte.