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Mayor (r) Juan Carlos Meneses fue condenado a 27 años de prisión

Debe responder por la muerte de Camilo Barrientos en Yarumal (Antioquia), el 25 de febrero de 1994.

Juan Carlos Meneses, testigo clave contra el ganadero Santiago Uribe Vélez.

Juan Carlos Meneses, testigo clave contra el ganadero Santiago Uribe Vélez. Foto: Archivo particular

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El mayor retirado de la Policía Juan Carlos Meneses, considerado el mayor testigo del caso de 'Los 12 apóstoles', fue condenado a 27 años de prisión por el delito de homicidio agravado. La condena fue del juzgado cuarto penal del circuito especializado de Antioquia.
El mayor retirado de la Policía se entregó en enero del 2014 a las autoridades en Cúcuta luego de que fuera emitida una orden de captura en su contra por el homicidio del conductor de bus Camilo Barrientos en Yarumal (Antioquia) el 25 de febrero de 1994. 
Por ese mismo crimen está a punto de iniciar el juicio contra el ganadero Santiago Uribe Vélez. De hecho, Meneses es uno de los testigos que será escuchado en el juicio contra Uribe Vélez y que está citado para el 13 de octubre en audiencia preparatoria.
La tesis de la Fiscalía es que el crimen se registró porque varios de la Policía tendrían en la época del crimen una lista de personas susceptibles de ser asesinadas.
Además, se conoció que por solicitud de la Secretaría Ejecutiva de la JEP, el Tribunal Superior de Antioquia concedió “privación de la libertad en unidad Policial” para el mayor Juan Carlos Meneses, cuyo proceso saldrá de la justicia ordinaria para llegar a la justicia transicional de paz.

El proceso

El juzgado indicó que la conducta de Meneses Quintero se “halla decantada” y confirmó su responsabilidad en la muerte de Camilo Barrientos Durán porque “conoció de manera clara y oportuna la advertencia del ataque que luego se materializó”.
Su aporte a ese hecho fue el no hacer nada para salvaguardar la vida de este ciudadano
“Como él mismo lo reconoció de forma libre, voluntaria y sin presión, oportunamente tuvo conocimiento sobre el atentado que sobre la humanidad de Camilo Barrientos se iba a efectuar, y que su "aporte" a ese hecho fue el no hacer nada para salvaguardar la vida de este ciudadano, a pesar de que sobre él se cernía en concreto el deber de protección, tanto por haber sido advertido de dicho atentado y por ostentar del calidad de Comandante del Distrito Siete de la Policía Nacional con asiento en el municipio de Yarumal”, dice la sentencia.
Y agrega que “la muerte de Camilo Barrientos Durán no se discute, pues la misma se encuentra además de suficientemente probada con el protocolo de necropsia de fecha febrero 25 de 1994”, dice el juzgado.
En la sentencia se condena la actuación de Meneses Quintero al faltar a su cargo como comandante de Distrito de la Policía Nacional en el que tenía el deber de garantizar la protección. “El acusado pudo realizar la acción debida, evitar el resultado o aminorar el riesgo, pues fue su voluntaria omisión (dolosa) la que sin duda permitió la concreción del riesgo”, dice.
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