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¿Por qué se opone el Inpec a traslado de celda de papá de niños rescatados en la selva?

Manuel Ranoque está, desde hace seis meses, detenido en las celdas de Paloquemao de la Fiscalía.

Manuel Ranoque, padre de niños que sobrevivieron a tragedia en Guaviare.

Manuel Ranoque, padre de niños que sobrevivieron a tragedia en Guaviare. Foto: Ejército

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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En una de las celdas Transitorias Nivel Central CTI, en el edificio antiguo DAS de Paloquemao en Bogotá, permanece recluido desde hace seis meses Manuel Ranoque, el papá de los niños que se perdieron en la selva durante 40 días en 2023.
El hombre está detenido luego de que fue capturado para que responder ante la Justicia por el presunto abuso sexual a su hijastra, que fue rescatada de la selva entre Guaviare y Caquetá tras pasar 40 días perdida junto a sus hermanos, luego del accidente aéreo del 1° de mayo del 2023 en el cual murieron la mamá de los niños y la tripulación.
Precisamente el lugar donde se encuentra recluido el hombre ha sido el origen de varios oficios, pues asegura que se le han vulnerado sus derechos fundamentales “ante la negativa de las entidades accionadas a reubicarlo o trasladarlo”.
De hecho, ha manifestado en reiteradas oportunidades que su deseo es que lo envíen a la cárcel de máxima seguridad que le ordenó el juez de Cartagena del Chairá, Caquetá, es decir, a la cárcel La Picota.
Desde agosto pasado, tanto la Fiscalía como el Inpec se han intercambiado cartas aclarando las posturas que tienen frente al lugar de detención del papá de los niños.
Padre de los niños perdidos ayuda en la búsqueda

Padre de los niños perdidos ayuda en la búsqueda Foto:Fuerzas Militares

El pasado 1° de febrero, sin embargo, se movió una última carta ligada a este tema, la cual envió la fiscal del caso a un funcionario del Inpec, pidiéndole “se informe qué trámite se dio para efectuar el traslado del señor Manuel Ranoque. Lo anterior se requiere a fin de dar respuesta a acción de tutela”.
Dentro de los oficios, también está una tutela, en la que el Juzgado 38 istrativo oral circuito judicial Bogotá le “ordenó al Inpec amparar el derecho fundamental a la vida invocado, y de oficio el derecho fundamental a no ser sometido a torturas, tratos crueles o inhumanos, del señor Miller Manuel Ranoque Morales”.
Y además, le ordenó al Inpec para que, "dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la presente providencia, si aún no lo ha hecho, proceda a trasladar al señor Miller Manuel Ranoque Morales al Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogotá “La Picota”, en el que, en condiciones dignas y de acuerdo con la constitución y la ley, debe permanecer hasta que la autoridad judicial competente ordene su libertad”.
Las instalaciones de 'La Picota' fue uno de los centros penitenciarios en los que se reforzó a seguridad.

Las instalaciones de 'La Picota' fue uno de los centros penitenciarios en los que se reforzó a seguridad. Foto:Cortesía

La solicitud

La petición del Inpec.

La petición del Inpec. Foto:Cortesía

EL TIEMPO conoció un oficio en el que el que José Antonio Torres Cerón, jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Inpec impugna la decisión de primera instancia emitida dentro de la acción de tutela referida, para que la misma sea revocada por un Juez de Segunda Instancia.
La misma busca que se “niegue las pretensiones de la acción de amparo constitucional en contra de la dirección general del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), por las razones que se presentan en esta oportunidad y que contienen los argumentos por los cuales no se comparte la decisión proferida”, se lee en el documento conocido por este diario.
La petición argumenta que quienes deben “atender a la población detenida preventivamente” son las entidades territoriales quienes están a cargo de establecimientos de detención preventiva y de los centros de detención transitoria.
Parte de la carta en la que se puede leer la petición del Inpec.

Parte de la carta en la que se puede leer la petición del Inpec. Foto:Cortesía

“A ellas les corresponde crearlos, brindar la alimentación adecuada, garantizar el aseguramiento en salud de sus internos y que existan condiciones dignas de reclusión, por tanto; la creación, fusión o supresión, dirección, organización, istración, sostenimiento y vigilancia de las cárceles para éstas personas, se encuentra en cabeza de los Departamentos y Municipios”, se lee en la carta del Inpec.
Además, se solicitó que se declare la nulidad porque el Inpec “no fue notificado del auto isorio de la tutela, solo nos llegó el fallo”.
Se pide también, además de declarar la nulidad, “que se vincule a las entidades territoriales señaladas a fin de que se pronuncien en lo referente a lo de sus competencias”.
Redacción Justicia:
En X: @JusticiaET

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