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Soy arrendatario y no he firmado un contrato, ¿a qué estoy obligado?

Alianza entre El Tiempo y la Universidad Libre da respuesta a sus dudas legales

Consultorio Jurídico EL TIEMPO.
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EDITOR DE UNIDAD DE DATOSActualizado:

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EL TIEMPO y la Universidad Libre se aliaron para brindar a los s asesoría legal con los expertos de la facultad de Derecho.
En este capítulo, los expertos resolvieron las dudas frente a los contratos de arrendamiento, las cláusulas en caso de incumplirlo, promesas de compraventa, prescripción de deudas y traspaso de vehículos. 

Estas son las 10 respuestas a las preguntas semanales 

Soy arrendatario y no he firmado un contrato, ¿a qué estoy obligado?

Una de las creencias populares es que si no hay contrato de arrendamiento por escrito, firmado, no hay contrato. La realidad es que el contrato de arrendamiento existe bien sea verbalmente o por escrito. Basta  con que arrendatario y arrendador se pongan de acuerdo en el valor de la renta y el bien que se va a usar en arrendamiento y adicionalmente cuál va a ser el objeto del contrato. 
Las obligaciones, por consecuencia, son las mismas que si el contrato estuviese firmado. Debe el arrendatario cuidar y  conservar el bien, de destinarlo al uso que fue objeto del contrato, pagar la renta o canon de arrendamiento y restituir el inmueble en la fecha en que se termine el contrato. Por parte del arrendador, está obligado a entregar el inmueble en condiciones óptimas. 

Compré un apartamento usado, tengo promesa de compraventa habiendo abonado el 85%. El edificio donde está ubicado el apartamento ha sufrido graves daños por hundimiento con inclinación asimétrica y agrietamientos generalizados, ¿qué debo hacer ? ¿Puedo alegar esta condición para no firmar la escritura?

La norma de protección al consumidor en cuanto a garantía del bien inmueble determina que se puede solicitar la reparación del mismo, si esto no es posible o la reparación falla, usted puede solicitar la devolución del dinero o la sustitución de dicho inmueble por uno de iguales características o calidad, conforme a lo establecido en  el Decreto 735 de 2013. Por lo tanto, usted está en su derecho de no firmar la escritura y solicitar  la devolución del dinero pagado.

Soy codeudor en un contrato de arrendamiento, el arrendatario subarrendó a otro cliente por lo cual yo informé a la agencia de arrendamiento.¿La agencia de arrendamiento me puede cobrar a mi como codeudor por el  incumplimiento del subarrendatario?

Como su nombre lo indica, comparte la deuda con otra persona en iguales condiciones, de modo que no hay obligación ria, solo hay una obligación principal en cabeza de los deudores. Aquí no hay deudor principal, hay dos o más deudores con obligaciones iguales.

Derecho laboral

¿Las empresas están obligadas a acatar las recomendaciones de los médicos laborales? El médico sugiere teletrabajo por una condición física pero la empresa no ha querido tomarlo en cuenta

Las recomendaciones deben ser expedidas por el médico especialista y no son simples sugerencias sino tiene una fuerza legal y son de obligatorio cumplimiento para el empleador, pues tienen por objeto mantener al trabajador en el empleo o en reubicación hasta tanto no se restablezca su salud. Si el empleador no acata dicha recomendaciones aun cuando se le han notificado en legal forma, el trabajador puede colocar una queja ante el inspector del trabajo. 

Mi contrato es por prestación de servicios, pero ya tiene 3 meses que no me cancelan mis honorarios, ¿qué puedo hacer en ese caso para reclamarlos?

Debe solicitar el pago directamente ante el contratante a través de las cuentas de cobro y luego iniciar demanda ante el juez laboral para el pago de honorarios al tenor de lo dispuesto en el artículo número 2 del Código Procesal del Trabajo.

Deudas

Hace once años tengo una deuda con telefonía móvil quisiera saber si esta deuda prescribió y si es así, ¿qué debo hacer para pedir que me saquen de las centrales de riesgo?

La deuda prescribe a los 10 años, sin embargo para solicitar el retiro de las centrales de riesgo debe tener en cuenta que si la deuda no fue exigida judicialmente puede solicitar, en un proceso declarativo, la prescripción de la deuda.
No obstante, debe tener en cuenta para ello que debe contar con la prueba de la fecha de exigibilidad de la deuda. Ahora, si la deuda fue exigida judicialmente la deuda está soportada por un titulo valor, ésta, prácticamente, no prescribe.

Accidentes

Si un bus del SITP me atropella y me deja con secuelas permanentes para trabajar de acuerdo al examen de Medicina Legal, ¿cuánto debo pedir en la indemnización ?

Dentro de la acción penal debe solicitar el pago de dicha indemnización como víctima, acreditando la perdida de capacidad laboral y el salario devengado.

Derechos de los consumidores

He tenido muchos problemas técnicos con un computador. La empresa me cambió el equipo pero sigue presentando problemas. Ya no quiero otro equipo sino que me devuelvan mi dinero. ¿Cómo puedo hacer esto?

Debe acercarse con la factura de compra a la empresa y solicitar la devolución del dinero por defecto del equipo de cómputo, si la empresa se niega a la devolución del mismo, puede acercarse a la Superintendencia de Industria y Comercio para radicar la queja.

Hace más de 10 años vendí un vehículo y se hizo el traspaso normal pero me enteré hace poco que el carro lo llevaron a los patios en junio del 2009. Todavía aparece a mi nombre y yo no estaba enterado y  embargaron mis cuentas. ¿Qué debo hacer?

Se debe tener en cuenta la fecha del traspaso del vehículo, si fue antes de junio del 2009, quien debe responder es el comprador del vehículo. Si por el contrario, realizó la venta del vehículo y el traspaso se adelantó posterior a la fecha mencionada, el respondiente es usted.
Recuerde que la venta del vehículo es diferente al traspaso, la venta no exime al vendedor de las obligaciones del vehículo antes del traspaso. Puede acercarse al consultorio jurídico de la Universidad con el fin de apoyarle con mayor detalle en su caso.

Inasistencia alimentaria

El papá de mi bebé no ha querido ni siquiera conocerlo, por consiguiente lleva mi apellido. ¿Cómo hago para hacer valer los derechos del bebé?Además, tenemos una sociedad en la cual invertí una considerable suma y no me ha dado cuenta de ello. ¿Cómo puedo hacer para al menos recuperar ese dinero?

Para su primera inquietud usted puede solicitar en comisarias de familia o en el Consultorio Jurídico de la Universidad,  que se realice audiencia de conciliación, para ello se cita al padre del niño. Agotada esta instancia, y si no es posible el cumplimiento de lo acordado en la audiencia, o si después de 3 citaciones el progenitor no asiste a la audiencia de conciliación, usted puede interponer una demanda ejecutiva de alimentos, con el fin que sean reconocidos y garantizados los derechos del menor.
En cuanto a su segunda inquietud, le sugiero acercarse al consultorio jurídico, con el fin de conocer con detalle el caso y apoyarle con la resolución del mismo.

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