En la noche de este 27 de julio, Migración Colombia informó que adelantaba la expulsión del territorio colombiano de Rebecca Linda Marlene Sprösser, una alemana que, como ella misma lo había publicado, hacía parte de la primera línea en Cali.
¿Por qué se puede expulsar a extranjeros como ella del país?
El
Decreto 1067 de 2015, "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector istrativo de Relaciones Exteriores", establece en su sección 2 lo relativo a la expulsión.
El artículo 2.2.1.13.2.1 de esa norma establece como causales de expulsión cuatro motivos. Primero, incumplir la resolución de deportación dentro del término establecido en el salvoconducto para salir del país, o regresar al país antes del término de prohibición establecido en la misma o sin la correspondiente visa.
En segundo lugar, registrar informes o anotaciones en los archivos de las autoridades competentes, por propiciar el ingreso de extranjeros con falsas promesas de contrato, suministro de visa o documentos de entrada o permanencia.
Tercero, haber sido condenado en Colombia a pena de prisión cuya sentencia no contemple como ria la expulsión del territorio Nacional.
Por último, estar documentado fraudulentamente como nacional colombiano o de otro país.
No obstante, el artículo 2.2.1.13.2.2 de este Decreto contempla otros eventos de expulsión y dice que se podrá expulsar a extranjeros que "a juicio de la autoridad migratoria realicen actividades que atenten contra la seguridad nacional, el orden público, la salud pública, la tranquilidad, la seguridad pública o cuando existan informaciones de inteligencia que indiquen que representa un riesgo para la seguridad nacional, el orden público, la seguridad pública, o tranquilidad social o cuando se haya comunicado por autoridad extranjera al Estado colombiano, que en contra de la persona se ha dictado en ese país providencia condenatoria o una orden de captura, delitos comunes o se encuentre registrado en archivos de Interpol".
Según informó el martes Migración Colombia, la alemanda había ingresado en marzo con un permiso de turismo, pero fue requerida porque "se encontraba adelantando actividades que no tenían que ver con su condición de turista, las cuales afectarían el orden y la tranquilidad ciudadana".
Es así como contra ella se aplicó el trámite de expulsión por el artículo 2.2.1.13.2.2 del mencionado Decreto. El martes, la autoridad migratoria añadió sobre su caso que "buscando salvaguardar la integridad de Rebecca Marlene Sprösser, así como mantener el orden y la seguridad nacional", se tomó la decisión de expulsarla de manera discrecional.
El artículo 2.2.1.13.2.4 de este mismo Decreto también establece que el extranjero afectado con una medida de expulsión solo podrá regresar al país con visa expedida por las oficinas consulares de la República, transcurrido un término no menor de 5 años
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