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Se reactiva entrada de presos a las cárceles, con estas condiciones

Circular del Inpec da instrucciones sobre los protocolos para hacerlo. Solo aplica para condenados.

A nivel nacional, el hacinamiento es de 50,1 %, pero hay cárceles en las que llega al 200 %.

A nivel nacional, el hacinamiento es de 50,1 %, pero hay cárceles en las que llega al 200 %. Foto: Archivo EL TIEMPO

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Debido a que el decreto 546, del 14 de abril, en el cual el Gobierno fijó las condiciones para excarcelaciones por causa de la pandemia de coronavirus, estableció la suspensión de tres meses para el traslado de personas privadas de la libertad, y a que este martes 14 de julio se cumplió ese plazo, se reactivan los traslados a las prisiones del país a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec).
El Inpec emitió una circular en la que recordó que el pasado 26 de mayo, el Ministerio de Salud y Protección Social adoptó un protocolo de bioseguridad para los establecimientos penitenciarios y carcelarios, y por lo tanto dejó claro las medidas que tanto el Inpec, como la Uspec y las entidades istrativas deben seguir para reducir el riesgo de contagio del virus.
En el documento se informa a los directores regionales y de establecimientos del orden nacional las condiciones que deben cumplirse para recibir, de nuevo, a personas privadas de la libertad. En principio, solo podrán aceptarse personas que hayan sido condenadas y solo en centros carcelarios con espacio de aislamiento.
Las instrucciones generales indican que aquellos establecimientos que tengan un hacinamiento superior al 50 por ciento no podrán recibir a ningún nuevo privado de la libertad.
Mientras tanto, aquellos que tengan menos de 50 por ciento de hacinamiento solo recibirán personas privadas de la libertad “bajo la disposición de la Dirección General, previa solicitud de la Dirección Regional”. Además, aclara que puede entrar una persona por cada dos que salgan.
“Inicialmente”, dice la directiva, la reactivación de la recepción de personas privadas de la libertad condenadas se focalizará en aquellas que provengan de centros de detención transitoria donde no se registren casos de coronavirus, así como de cárceles municipales, distritales o departamentales.
Por otro lado, los traslados entre cárceles siguen suspendidos y “estrictamente limitados a la previa autorización del Director General del Inpec”, dice la circular.
Finalmente, los directores regionales deben informar, diariamente y por escrito, a la dirección general sobre cuántos nuevos privados de la libertad ingresaron a cada establecimiento carcelario.
La circular aclara que cada nuevo ingresado debe estar en aislamiento preventivo obligatorio por 14 días, y por eso solo las cárceles que tengan espacios para esto pueden recibir a condenados. Además, para ser trasladados a patios y pabellones tendrá que mediar una autorización médica.
La circular está firmada por el director general del Inpec, brigadier general Norberto Mujica Jaime.
Según informó la entidad este martes, hay 1.639 casos positivos de coronavirus en las cárceles. De estos, 154 corresponden a personal del cuerpo de custodia y vigilancia, 8 a funcionarios istrativos, 63 a auxiliares del cuerpo de custodia y 1.414 a privados de la libertad.
Según el reporte, 2.185 personas se han recuperado y en la actualidad hay 34 de los 132 establecimientos con casos de coronavirus, siendo la cárcel de Espinal, Tolima, la que más registra, con 596 positivos.
JUSTICIA
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