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Herencias en Colombia: ¿a quién van las obligaciones de un muerto que dejó deudas?

Hay varias figuras legales que podrá utilizar en caso de que pase por esta situación.

Las herencias son uno de los temas que deben resolverse tras el fallecimiento de una persona.

Las herencias son uno de los temas que deben resolverse tras el fallecimiento de una persona. Foto: iStock

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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Al momento de que una persona se muere, en la normatividad colombiana es común hablar de que sus bienes pasan a manos de los hijos, padres o hermanos, pero así como la herencia se queda con ellos, también lo hacen las deudas que tenía el difunto.
La situación se complica cuando es más grande la deuda que el valor de las propiedades heredadas, con lo cual el familiar queda pagando un monto que no tenía previsto, no obstante, hay algunas formas de prevenir que eso pase. 
Y para informarse al respecto está una herramienta del Ministerio de Justicia llamada LegalApp. En ella aparece que cuando se recibe una herencia, se adquiere un patrimonio, palabra que incluye tanto los bienes como las deudas de quien murió.
Firma

Firma Foto:iStock

Estas, así como las propiedades, también son divididas entre los herederos, aunque cuando se habla de un testamento que elaboró la persona fallecida, en él se puede dejar consignado cómo repartir entre los vivos los bienes y las deudas. 
Es importante recordar que la ley permite que los herederos, también conocidos como legatarios, decidan si pagan sus deudas según la división consignada en el testamento, o perseguir el pago de acuerdo con la división de deudas que realiza la ley.
"El heredero que deba asumir una deuda mayor a la asignación que le correspondió de la herencia puede pedir de los demás herederos el pago de la porción que les corresponda a cada uno de ellos”, se lee en LegalApp.
Ahora, cuando las deudas superan el monto de las propiedades, algunas alternativas fueron mencionadas por el abogado Helí Abel Torrado, quien dijo que existe la figura del 'beneficio de inventario', que se traduce en que el heredero solo responderá hasta la concurrencia de los bienes que se les asignen.
Otra vía es rechazar la herencia, algo que lógicamente llevaría a que así como no se aceptan las herencias, tampoco se podría hacerlo con los bienes del difunto. Como tercer y última figura explicada por el abogado está el 'beneficio de separación', que sirve cuando las personas o empresas con las que el muerto tenía deudas, piden que los bienes del deudor no se confundan con los de sus herederos.
Redacción Justicia
En X: @JusticiaET

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