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Sigue amnistía para remisos; con el pago de $132.000 tendrá libreta

Cerca de 680.000 hombres podrán definir su situación militar hasta el 27 de diciembre.

La jornada de amnistía para remisos se mantendrá hasta el 27 de diciembre.

La jornada de amnistía para remisos se mantendrá hasta el 27 de diciembre. Foto: Dirección de Reclutamiento Ejército Nacional.

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En el país hay cerca de 680.000 hombres, mayores de 24 años, que no han definido su situación militar y que entraron a ser catalogados como remisos.
En Colombia, los hombres entre los 18 y 24 años deben prestar el servicio militar, y de acuerdo a determinadas circunstancias, pagar por los derechos de la libreta. Quien no lo hace, se considera como remiso y se expone a una sanción monetaria que crece cada año.
Precisamente, para facilitar una solución a la situación militar de los llamados remisos, el comando de Reclutamiento y Control de Reservas del Ejército Nacional, atendiendo la Ley 1961 de 2019, lanzó una amnistía que exonera del pago de intereses a los infractores, y con la presentación de ciertos documentos y el pago de 132.000 pesos quedará al día y tendrá su libreta militar.
Esta amnistía se mantendrá hasta el 27 de diciembre de este año y los interesados se pueden acercar a los 60 Distritos Militares de Reclutamiento.

¿Cuáles son los beneficios de la Ley de Amnistía?

Son tres: la condonación total en el pago de las multas, la condonación total en el pago de la cuota de compensación militar, lo que se traduce en que el ciudadano solo deberá cancelar los costos de la elaboración de la tarjeta militar que es equivalente al 15 por ciento de un SMLMV, es decir $132.000.

¿Qué papeles se deben presentar?

El interesado se debe presentar ante la autoridad de reclutamiento con dos fotocopias de la cédula de ciudadanía, registro civil de nacimiento, acta y diploma de grado de bachiller, si aplica, una fotografía de 3x4 con fondo azul (en corbata, grabada en un CD, en formato JPG y que no exceda 1 MB), soporte de exoneración de ley, si aplica, una carpeta cuatro aletas blanca esmaltada y 132.000 pesos, por concepto de elaboración de la Tarjeta Militar.

Es remiso si cumple con las siguientes condiciones:

-Ciudadanos que realizaron el proceso de inscripción extemporáneamente en vigencia de la Ley 48 de 1993 y hasta antes del 3 de agosto de 2017.
-Ciudadanos citados y que no asistieron a la primera evaluación de aptitud psicofísica
en vigencia de la Ley 48 de 1993 y hasta el 3 de agosto de 2017.
-Ciudadanos aptos que habiendo sido citados a concentración para incorporación no se presentaron a la fecha, lugar y hora indicada por el servicio de reclutamiento y
movilización.
-Ciudadanos mayores de edad, que fueron aplazados por estar cursando estudios de
bachillerato y no se presentaron a definir su situación militar, una vez obtuvieron su
título de bachiller a partir de la vigencia de la Ley 1861 de 2017.
-Ciudadanos con recibo de cuota de compensación militar que no hayan realizado el
pago de forma oportuna o en los plazos fijados en el mismo (Ley 48/1993 - Ley
1184/2008).
-Además de la calidad de infractor con o sin multa, el ciudadano debe demostrar que se encuentra en una o más de las causales de exoneración dispuestas en el artículo 12 de la Ley 1861 de 2017 o ser mayor de 24 años de edad.

¿Dónde puedo revisar si soy remiso?

Puede ingresara a la página web: www.libretamilitar.mil.co y encontrará la información solicitada.

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