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¿Qué pasa con los migrantes a los que les niegan el asilo en Estados Unidos?

Las negaciones de asilo pueden llevar a la deportación y exclusión de EE. UU.

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En el proceso de asilo afirmativo en Estados Unidos, donde se permite a los migrantes solicitar protección independientemente de su estatus migratorio, la negación de dicha solicitud puede desencadenar consecuencias significativas. De acuerdo con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis por sus siglas en inglés), si su solicitud de asilo no es aprobada y no está legalmente en Estados Unidos, recibirá un documento llamado Formulario I-862, Notificación de Comparecencia, el cual le indicará que debe comparecer ante un juez de inmigración para una audiencia.
El juez de inmigración llevará a cabo una nueva audiencia, que es independiente de la decisión de Uscis. Esto significa que el juez escuchará los argumentos de ambas partes y tomará una decisión sobre tu caso. En algunas circunstancias, si USCIS no tiene jurisdicción sobre su caso, la oficina de asilo emitirá un Formulario I-863, Notificación de Referido a un Juez de Inmigración, para una audiencia sólo de asilo.
El asilo afirmativo brinda la oportunidad a quienes ya están en EE. UU. de solicitar protección. Sin embargo, el cumplimiento de requisitos como presentar la solicitud dentro de un año y demostrar un temor fundado de persecución es crucial.
Cuando las solicitudes son denegadas, las consecuencias pueden ser severas. Para aquellos sin estatus legal, la deportación a su país de origen es una realidad probable. La consideración de inisibilidad puede excluirlos de ingresar nuevamente a Estados Unidos, y quienes no pueden ser deportados de inmediato enfrentan detención por el ICE.
La experiencia de ser deportado puede ser traumática, especialmente si el migrante se expone a persecución, violencia o incluso la muerte en su país de origen. La exclusión de Estados Unidos también implica una restricción significativa para futuras visitas o ingresos al país. La detención por el ICE, una medida para aquellos no deportables de inmediato, prolonga la incertidumbre y genera estrés y ansiedad.

El derecho de apelar la denegación de solicitudes de asilo

Aquellos cuyas solicitudes son denegadas tienen derecho a apelar la decisión, aunque obtener un permiso de reentrada a Estados Unidos es una posibilidad remota. La postura más restrictiva del gobierno, evidenciada por el 86 por ciento de denegaciones de solicitudes de asilo en 2023, hace que la asesoría legal sea recomendable.
La solicitud de asilo se realiza ante Servicio de Ciudadanía e Inmigración

La solicitud de asilo se realiza ante Servicio de Ciudadanía e Inmigración Foto:iStock

Las razones comunes de denegación incluyen el incumplimiento de requisitos de elegibilidad, la falta de pruebas suficientes y la falta de cooperación con las autoridades. La solicitud de asilo fuera del plazo de un año puede permitirse en circunstancias extraordinarias, pero se requiere documentación cuidadosa y justificación.

¿Cómo pedir asilo en Estados Unidos?

Antes de pensar en tramitar este beneficio dentro de territorio estadounidense, debe asegurarse de que cumple con todos los requisitos. El primero de ellos es tener razones creíbles de persecución "por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular, u opinión política", según la página oficial de Uscis.
Luego, hay que enviar el documento correspondiente a la entidad migratoria mencionada: "Si usted es elegible para asilo, se le podría permitir permanecer en Estados Unidos. Para solicitar asilo afirmativo o defensa de asilo, presente el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción, dentro del plazo de un año a partir de la fecha de su llegada a Estados Unidos". 
Por otro lado, hay quienes no son elegibles, incluso aunque demuestren que corren riesgo en su país de origen: 
  • Están en procedimientos en un tribunal de inmigración o ante la Junta de Apelaciones de Casos de Inmigración.
  • Es un menor de edad no acompañado como se define en 6 U.S.C. § 279(g) y está en procedimientos de remoción.
  • Están entre las categorías de solicitantes que actualmente deben presentar su solicitud por correo postal ante el Centro de Verificaciones de Asilo, como indica en la sección de Instrucciones Especiales de nuestra página web del Formulario I-589.
  • Ya presentaron un Formulario I-589 que aún está pendiente con USCIS.

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