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¿Qué cambia en México tras la despenalización del aborto en todo el país?
La Suprema Corte del país anunció la histórica decisión este miércoles. ¿Qué implica la resolución?
Cientos de mujeres portando pañuelos verdes se reunieron en las principales avenidas de la ciudad de Guadalajara, en el Estado de Jalisco (México) para manifestarse sobre el aborto. Eran una marea verde conformada por colectivos de mujeres que pidieron la despenalización del aborto y un libre a los servicios para la interrupción del embarazo. Foto: EFE
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México eliminó este miércoles el delito del aborto del Código Penal Federal al concederle un amparo al Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), una organización feminista y de derechos humanos de ese país.
“La SCJN despenaliza el aborto a nivel federal. Gracias a un amparo ganado por GIRE, todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a servicios de aborto en cualquier institución federal de salud”, anunció la organización a través de la red social X (antes Twitter).
Por su parte, la SCJN indicó en la misma red social dicha resolución. La Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional penalizar el aborto en el Código Penal Federal por “violar los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.
La Suprema Corte declaró inconstitucional justamente hace dos años, en septiembre de 2021, la prohibición absoluta del aborto en los códigos penales de los estados de ese país, lo que abrió el camino para el fallo unánime de este miércoles.
La Primera Sala de #LaCorte resolvió que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
Sin embargo, desde entonces pocas entidades territoriales habían modificado sus leyes para acatar el criterio de la SCJN: solo 11 estados, de los 32, habían modificado sus legislaciones, por lo que el crimen aún se tipificaba a nivel local.
Con base en dicha sentencia, que declaró inconstitucional el delito de aborto en el Código Penal de Coahuila, fue que la organización interpuso el amparo aprobado este miércoles.
La organización detalló en un comunicado que, con esta decisión, cualquier institución federal de salud, como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o Pemex, deberá brindar el servicio a todas las mujeres y personas gestantes que así lo soliciten.
Además, indicaron, el personal de salud que realice este tipo de asistencias no podrá ser criminalizado.
“Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte”, señaló la organización feminista, que dijo confiar en las entidades para que garanticen la autonomía reproductiva.
¡@SCJN despenaliza el aborto a nivel federal! Gracias a un amparo ganado por GIRE, todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a servicios de aborto en IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución federal de salud 💚🌊 🔥 #SeptiembreVerdepic.twitter.com/QNQtXDpCQk
Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte.
Asimismo, a partir de la resolución de la SCJN emitida este miércoles, el Congreso federal de México debe modificar el Código Penal para eliminar el delito de aborto, el cual estaba definido como “la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”, y que contemplaba una pena de uno a tres años de cárcel para quienes “hagan abortar a una mujer”, aunque sea bajo su consentimiento.
Por ese delito también se incluían inhabilitaciones de dos a cinco años para los médicos que practicaran el aborto.
Así las cosas, como explica GIRE, la decisión que adoptó la Corte hace dos años ordena que no haya mujeres ni personas en capacidad de gestar en las cárceles por abortar, mientras que la resolución de este miércoles marca el camino para el verdadero al aborto en ese país.
El proyecto votado este miércoles fue el 267/2023 de la ministra Margarita Ríos-Farjat, que analizó los artículos 330, 331, 332, 333 y 334 del Código Penal Federal, los cuales mencionan las distintas sanciones por el delito de aborto a nivel federal.
En México, a la fecha, solo 11 estados permitían a las mujeres la interrupción voluntaria del embarazo con un límite de 12 semanas de gestación en la mayoría de las legislaciones.
La primera ley de despenalización del aborto en ese país fue aprobada en la capital mexicana, el entonces Distrito Federal, en 2007. En Oaxaca, Hidalgo y Veracruz también estaba aprobado antes de la decisión de la Corte en 2021.
Luego de esa primera resolución, se aprobó en Coahuila, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur y Aguascalientes. Con la decisión de este miércoles, los 21 estados restantes deberán modificar sus leyes.
En Colombia el aborto será libre y legal hasta la semana 24. Foto:Cesar Melgarejo. EL TIEMPO
En América Latina el aborto es legal en Colombia, Argentina, Uruguay y Cuba. En Chile es ilegal con la excepción de riesgo para la salud de la madre, violación o malformaciones en el feto. En Ecuador, entre tanto, se permite si se trata de un caso de violación, al igual que en Perú, donde también está permitido si el embarazo representa riesgo de vida para la mujer.
Por otro lado, en Venezuela, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Haití y República Dominicana sí está absolutamente prohibido.
En el mundo, casi la mitad de los embarazos no son deseados y 60 por ciento termina en un aborto, según la ONU, que reportó que 45 por ciento de las interrupciones son inseguras.
WILLIAM MORENO HERNÁNDEZ
REDACCIÓN INTERNACIONAL
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