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En vivo: ¿Qué propone el proyecto de ley para proteger a huérfanos por feminicidios?
El proyecto será para quienes dependían económicamente o del cuidado de la víctima de feminicidio.
Según los registros del Observatorio Colombiano de Feminicidios, a lo largo de este 2023 se han presentado 213 casos. Las cifras de estos crímenes contra las mujeres son alarmantes: en los últimos 6 años se han cometido 3.598 feminicidios en el país. Antioquia, Valle del Cauca, Cauca, Bogotá y Atlántico son los departamentos donde más víctimas ha dejado este delito.
En medio de esta problemática, hay una población a la que poco se le ha prestado atención: los niños, niñas, jóvenes y adolescentes que quedaron huérfanos tras el crimen.
En este sentido, este miércoles 26 se radicó un proyecto en el Congreso. La iniciativa es de la representante a la Cámara Carolina Giraldo.
"En muchos casos los hijos de las mujeres asesinadas o los familiares de estas mujeres son testigos de los actos de violencia feminicida. Existe una carga psicológica que tiene secuelas profundas y requiere atención especializada", asegura.
También expone que no solo los niños, niñas y adolescentes afrontan las dificultades que genera el feminicidio de sus madres, sino que también los demás familiares deben asumir las consecuencias de ello. "Las abuelas o tías son quienes quedan a cargo de los niños, siendo personas que en algunos casos no tienen trabajo, que tienen otras responsabilidades a su cargo, o que están en edades avanzadas", agrega.
Representante a la Cámara del Partido Verde Carolina Giraldo Botero. Foto:Tomada de redes sociales
¿Quiénes serían los beneficiados del proyecto?
Niñas, niños, adolescentes y jóvenes hasta los 25 años de edad, que dependieran económicamente o del cuidado de la mujer víctima de feminicidio y que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.
¿Qué medidas propone el proyecto 'huérfanos por feminicidio?
El proyecto contempla una asistencia económica por una sola vez para cubrir:
- Gastos de traslado del cuerpo de la víctima directa de feminicidio cuando las condiciones territoriales así lo exijan.
- Gastos funerarios de la víctima directa de feminicidio.
- Gastos relacionados con la exhumación y traslado del cuerpo de la víctima directa de
feminicidio en el marco de una investigación penal.
No es hora de callar Foto:EL TIEMPO
Además de esto, se propone una asistencia económica mensual con el fin de ayudar al sostenimiento de los menores. "El monto sería fijado en la reglamentación", aclaran.
Igualmente, habría un preferente para los menores huérfanos a programas públicos de educación, incluyendo acompañamiento psicosocial y académico para culminar los estudios; programas públicos culturales y deportivos; programas públicos de empleo, incluyendo a los tutores, cuidadores, adoptantes y/o representantes legales.
Por último, se propone crear una estrategia de atención y apoyo integral compuesta por:
- Una ruta de atención gratuita e inmediata para garantizar la seguridad, intimidad, no revictimización, protección integral, cuidados inmediatos, recuperación física, psicológica y social de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.
- Una ruta de atención y seguimiento gratuita en los campos emocional, psicosocial, económico, educativo y de salud, con el fin de acompañar la superación del acto de violencia feminicida y la realización del proyecto de vida de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, así como de los tutores, cuidadores y/o representantes legales que a su vez sean víctimas indirectas de feminicidio.
- Una ruta de asistencia legal gratuita para la obtención de la custodia, patria potestad y/o adopción de los niños, niñas y adolescentes.
- Una ruta de asistencia legal gratuita para las víctimas indirectas en el marco de las investigaciones penales que se desarrollen con ocasión del acto de violencia feminicida, con el fin de garantizar a la justicia, celeridad y medidas de protección.
¿Cómo se podría acceder a los beneficios que crearía esta ley?
Inicialmente, las beneficiarias de esta ley son personas que tengan menos de 25 años de edad en condición de dependencia económica o de cuidado con la mujer víctima de feminicidio, que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.
Señalan que los requisitos y mecanismos específicos serían establecidos por el Gobierno Nacional con la respectiva reglamentación (documentación, proceso, mecanismos de transferencia).
Por último, aclaran que no se requeriría tipificación o condena por feminicidio, bastaría con concepto del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF) y/o de la Fiscalía General de la Nación cuando haya evidencia clara o de sospecha fundada de perpetración de un feminicidio.
Según las autoridades, en lo corrido de este año se registran 11 casos, dos más que en 2022. Foto:Citynoticias