Cuando se habla de la Cámara de Representantes, generalmente se hace referencia a la plenaria de la corporación o a las siete comisiones constitucionales que la ponen, pero muchas veces se pasa por alto una de las dependencias claves: al secretaría general.
La Secretaría General de la Corporación, es el órgano encargado de coordinar las labores legislativas de la Cámara de Representantes. El secretario general es como el notario de la corporación, debe dar fe y levantar las actas de lo que ocurre en cada sesión.
Entre las funciones de la secretaría general de la Cámara se encuentran:
1. Asistir a todas las sesiones.
2. Llevar y firmar las actas debidamente.
3. Dar lectura a los proyectos, proposiciones y demás documentos y mensajes que deban ser leídos en sesión plenaria.
4. Informar sobre los resultados de toda clase de votación que se cumpla en la corporación.
5. Elaborar las comunicaciones oficiales que deban ser enviadas por el Presidente.
Informar regularmente al Presidente de todos los mensajes y documentos dirigidos a la corporación, y acusar oportunamente su recibo.
6. Mantener organizado y actualizado un registro de entrega y devolución de los documentos y mensajes enviados a las respectivas comisiones.
7. Coordinar la grabación de las sesiones plenarias y vigilar la seguridad de las cintas magnetofónicas y las actas.
8. Entregar a su sucesor, por riguroso inventario, todos los documentos, enseres y demás elementos a su cargo.
9. Dirigir la formación del archivo legislativo de cada legislatura y entregarlo a la oficina de archivo del Congreso, acompañado de un inventario general y un índice de las diversas materias que lo componen.
10. Disponer la publicidad de la Gaceta del Congreso.
11. Expedir las certificaciones e informes -si no fueren reservados- que soliciten las autoridades o los particulares.
13. Mantener debidamente vigilados y custodiados los expedientes sobre investigaciones que se adelanten en la corporación a los altos funcionarios del Gobierno, y darles el trámite debido. Así mismo, las actas y documentos que de ella emanen.
14. Disponer, de acuerdo con la Presidencia, de las instalaciones locativas de la corporación cuando se lo requiera.
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