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Noticia

Concejo de Bogotá aprueba en primer debate prohibición de consumo de drogas en espacios públicos

La iniciativa, presentada por la concejal Diana Diago, busca crear zonas libres de drogas en la capital.

Drogas

La propuesta fue presentada por la concejal Diana Marcela Diago. Foto: iStock.

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El Concejo de Bogotá aprobó en primer debate un proyecto de acuerdo que prohíbe el consumo de drogas en espacios públicos de la ciudad durante las 24 horas del día. 
La propuesta fue presentada por la concejal Diana Marcela Diago, quien desde inicios de 2024 ha impulsado esta medida ante lo que califica como un incremento preocupante en el consumo de sustancias psicoactivas en la capital.
Según explicó Diago durante el debate de la Comisión de Gobierno, el proyecto surge como respuesta a la permisividad frente al consumo de drogas, situación que, a su juicio, ha facilitado la actividad de jíbaros, delincuentes y bandas de microtráfico. 
Es nuestra responsabilidad salvar a los niños, niñas y adolescentes de la droga y la delincuencia. Es increíble que la istración no haga nada al respecto frente a esta problemática que tiene azotada a la juventud”, expresó.
Alcaldes de distintas zonas del país han ordenado por vía istrativa prohibir el porte y consumo de drogas en los parques y otros lugares públicos.

La concejal había solicitado al alcalde Carlos Fernando Galán la expedición de un decreto similar. Foto:Archivo EL TIEMPO

Solicitudes previas al alcalde Galán

Desde principios de año, la concejal había solicitado al alcalde Carlos Fernando Galán la expedición de un decreto similar a los adoptados por otros mandatarios locales en el país. 
Ante la falta de respuesta, Diago decidió radicar su propio proyecto ante el Concejo.
El articulado establece que en las denominadas Zonas Libres de Drogas se prohíbe el consumo, distribución y comercialización de cannabis y otras sustancias psicoactivas, como marihuana, cocaína, heroína, drogas sintéticas, y cualquier sustancia incluida en las listas I y II de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes.
Las personas que incumplan la norma serán sancionadas conforme a lo estipulado en el artículo 33 de la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia), que contempla medidas correctivas aplicables en estos casos.
'Malviajaerse' viene de la expresión ‘bad trip’ en inglés.

Subrayó la necesidad de diferenciar el abordaje hacia quienes venden drogas y quienes las consumen. Foto:iStock

Diferenciar entre jíbaros y consumidores

Durante su intervención, Diago subrayó la necesidad de diferenciar el abordaje hacia quienes venden drogas y quienes las consumen: “Al jíbaro hay que atacar con toda la fuerza de la ley, al consumidor hay que mirarlo diferente, desde la salud pública”.
Por ahora, el proyecto deberá continuar su trámite en el Concejo antes de convertirse en norma vigente en la ciudad.
*Este contenido fue escrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de conocimiento público divulgado a medios de comunicación. Además, contó con la revisión de la periodista y una editora.
JOS GUERRERO
EQUIPO ALCANCE DIGITAL

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