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La polémica por retransmisión de discursos en las alocuciones presidenciales de Petro
Ya son seis las veces que la Presidencia toma para discursos el horario triple A de la televisión.
Presidente Gusatvo Petro. Foto: Presidencia de la República
A las 8 de la noche de este jueves, la Presidencia volvió a interrumpir la programación de los canales privados y públicos de Colombia para transmitir una alocución de un discurso del primer mandatario, Gustavo Petro, que fue emitido con anterioridad en otro contexto. Desde hace cuatro meses, el mandatario tomó esta costumbre que ha generado respuestas encontradas en distintos sectores.
Desde que Gustavo Petro llegó al poder, en 2022, se han hecho 10 alocuciones presidenciales en total. Dos fueron en el segundo semestre del año pasado y el resto en 2023. De estas, apenas cuatro han sido intervenciones claramente pensadas para este tipo de espacios y las otras seis han sido discursos hechos en otros contextos, y hasta en días anteriores, que luego son retransmitidos en el horario triple A de los canales: entre las 7 y 9 de la noche.
El de ayer y las últimas cinco intervenciones de Gustavo Petro en televisión han seguido ese modelo de emitir un discurso de otro contexto. No obstante, esto no fue la regla del primer mandatario en sus primeros meses. Antes, solo se dieron tres alocuciones y todas ellas pensadas bajo este formato: el llamado a participar en los diálogos vinculantes, el mensaje de navidad y el anuncio de la salida de Alejandro Gaviria y otros ministros de Gobierno.
Discurso de 20 de julio en San Andrés Foto:Captura de video
Sin embargo, desde hace cuatro meses han predominado alocuciones que antes fueron largos discursos del mandatario, cada una ha sido entre media hora y una hora de duración. El primero fue su intervención ante la Organización de Estados Americanos (OEA), que originalmente fue hecha el 19 de abril y se retransmitió el 27 de abril.
Después de esto ha sido el discurso en el que anunció la salida de Laura Sarabia y Armando Benedetti de Gobierno, su diálogo con los colombianos en Francia, su discurso del 7 de agosto, su intervención en la entrega de tierras en El Salado y otras dos intervenciones más. Las últimas interrupciones televisivas del mandatario han generado respuestas distintas.
Algunos han celebrado los mensajes y destacado la “contundencia” de ellos en televisión. Periodistas y algunos contrarios al Ejecutivo al contrario han cuestionado la forma en que se interrumpe la programación regular. Por ejemplo, antes del mensaje del 31 de agosto, en varias ocasiones se dio el mensaje en la franja de las 7 de la noche.
Discurso del presidente Petro durante las marchas de este 7 de junio, Foto:Mauricio Moreno. EL TIEMPO
Ante los mensajes de rechazo de la última alocución, el primer mandatario se manifestó en sus redes sociales. “Dicen que esto no se debe transmitir en la televisión nacional porque estoy en un sitio donde ocurrió una masacre y no en el palacio, y no tengo corbata y me rodean humildes campesinos y mis palabras me salen del corazón y de la razón”, dijo el mandatario en Twitter, para luego pedir que compartieran el mensaje en redes sociales.
La polémica ha llevado a algunos sectores a preguntarse si el mandatario tiene la total potestad para interrumpir cuando quiera la parrilla televisiva. Y la respuesta inicial es sí. De acuerdo con la ley 182 de 1995, que reglamentó el “servicio de televisión”, en su artículo 32: “El Presidente de la República podrá utilizar, para dirigirse al país, los servicios de televisión, en cualquier momento y sin ninguna limitación”.
La ley no establece ningún límite o criterio. No obstante, la Corte Constitucional abordó esta situación la sentencia C-1172 de 2001, en la que se pronunció sobre la demanda en contra de la ley 182. El tribunal declaró inexequible el apartado de “sin ninguna limitación”.
“Así las cosas, la intervención del Presidente de la República a través de la televisión, ha de ser personal, sobre asuntos de interés público, directamente relacionados con sus funciones como Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y suprema autoridad istrativa, sin que pueda incurrirse en ninguna arbitrariedad, pues, la dignidad del cargo le impone como al que más, el respeto de los derechos y libertades de sus gobernados”, reza la decisión del alto tribunal.
Además de esta restricción, una sentencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado de 2014 estableció que “si el Presidente de la República al hacer una alocución televisiva no se ajusta a las condiciones previstas en la ley y señaladas por la Convención y la Constitución, su intervención será ilegal y dará lugar a una indemnización en favor del operador del servicio, pues estará limitando o restringiendo injustificadamente la actividad económica del empresario del servicio”.
Efectos de las alocuciones
Más allá de los temas jurídicos, las alocuciones también han traído una discusión sobre su efectividad. Fuentes que han estado a cargo de las comunicaciones de la Casa de Nariño explicaron a EL TIEMPO que la tendencia de retransmitir los discursos se dio por recomendación de algunos asesores.
Además comentaron que es el propio mandatario el que define cuáles son los discursos que deben ser reemitidos. “Cuando él considera que los discursos son de importancia nacional pide que lo pasemos por alocución”, aseveraron.
El presidente Gustavo Petro en la instalación del Congreso 2023 Foto:Néstor Gómez. EL TIEMPO
El profesor Mario Morales, de la Universidad Javeriana y experto en comunicación, expresó que el tema de las alocuciones es una expresión más de lo que el Presidente considera como un supuesto cubrimiento parcializado de los medios sobre su gobierno. "Su estrategia es tratar de hacer llegar el mensaje directo", dice.
Y esto no necesariamente funciona: “No es lo mismo el discurso de televisión que el de un auditorio”, dijo el académico, que advirtió que la falta de lenguaje televisivo en las intervenciones “aumenta el desentendimiento de las audiencias. Hace que la gente apague, porque se vuelve aburrido”.
Nury Astrid Gómez, experta en comunicación política, fue crítica a lo hecho por el primer mandatario: “El poder no está por encima de las leyes, ni menos, para abusar de ciertos privilegios que concede la investidura presidencial", dice la analista.