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Noticia
Presidente Petro declaró conmoción interior pero todavía no puede aplicar la figura: ¿por qué?
El jefe de Estado anunció su decisión en X, a propósito de la crítica situación del Catatumbo.
No se ha emitido el decreto que oficializa la figura contemplada en el artículo 213 de la Constitución Política de 1991 y esto no sucedería en las próximas horas.
Así se lo confirmaron fuentes de la Casa de Nariño a este diario, las cuales señalaron que dicho decreto no será firmado en el consejo de ministros convocado para este lunes 20 de enero, el cual se da 12 horas después del inicio del remezón en el gabinete, que por ahora deja cambios en tres ministerios, un viceministerio y un departamento. El texto
Para que esa figura quede en firme, necesita la firma de todos los ministros de gobierno y eso, señalaron las fuentes, no será esta noche, pues la Secretaría Jurídica de la Casa de Nariño no ha terminado de elaborar el texto que presentarán al gabinete.
El presidente Gustavo Petro durante el consejo de seguridad en el Catatumbo. Foto:Presidencia
La declaratoria de estado de conmoción
Este el viernes en la noche, cuando el presidente Gustavo Petro lideró un consejo de seguridad en Tibú, Norte de Santander, se puso sobre la mesa esta posibilidad.
Sin embargo, solo hasta la tarde de este lunes se tomó la decisión de declaratoria: "Se declara el estado de conmoción interior y el estado de emergencia económica. Espero del poder judicial su apoyo".
Foto:
¿Qué significa la declaración de estado de conmoción?
Esta figura, que se usó por última vez durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, reemplazó el polémico estado de sitio de la Constitución de 1886.
Ahora la norma dice que “en caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el estado de conmoción interior, en toda la República o parte de ella”.
El presidente Gustavo Petro con sus ministros Foto:Presidencia
La vigencia será por un periodo no mayor a 90 días, la cual puede ser prorrogable máximo por otros dos periodos pero en este caso debe de tener el visto bueno del Senado.
El estado de emergencia económica, por su parte, le permite al Gobierno contar con recursos adicionales, a través de nuevos tributos o modificar los existentes. Ya esta figura la usó el Ejecutivo en La Guajira, pero la Corte Constitucional tumbó la mayoría de decretos que fueron expedidos durante ese periodo.