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Demandan personería jurídica de la Nueva Fuerza Democrática, el partido de Pastrana

El demantande argumenta que el CNE tuvo una interpretación errónea de sentencia de la Corte.

Andrés Pastrana, expresidente y dirigente de Nueva Fuerza Democrática.

Andrés Pastrana, expresidente y dirigente de Nueva Fuerza Democrática. Foto: Nueva Fuerza Democrática - César Melgarejo. EL TIEMPO

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Al Consejo de Estado llegó una demanda que busca anular la personería jurídica de la Nueva Fuerza Democrática, el partido del expresidente Andrés Pastrana que revivió hace cuatro meses por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
El abogado Juan Manuel Urueta Rojas interpuso una demanda ante el alto tribunal argumentando que la sentencia de la Corte Constitucional en la que se basó el CNE para darle la personería fue interpretada de manera errónea.
El tribunal electoral le dio el aval a esta colectividad, que fue una de las que hizo parte de la coalición con la que Pastrana ganó las elecciones presidenciales de 1998, basándose en una sentencia de la Corte Constitucional por la cual se revivió el Nuevo Liberalismo.
Carlos Fernando y Juan Manuel Galán protestaron en la sede el Consejo Nacional Electoral para que tomara una decisión sobre la personería jurídica del Nuevo Liberalismo.

Carlos Fernando y Juan Manuel Galán protestaron en la sede el Consejo Nacional Electoral para que tomara una decisión sobre la personería jurídica del Nuevo Liberalismo. Foto:Cortesía Juan Manuel Galán

Sin embargo, el demandante argumenta que dicha sentencia solo hablaba de los movimientos políticos que fueron víctimas de violencia, como es el caso del Nuevo Liberalismo, cuyos dirigentes fueron asesinados por la mafia. 
La sentencia SU-257 del 2021 fue la que revivió al Nuevo Liberalismo tras una tutela interpuesta por Urueta Rojas como apoderado de ese movimiento fundado por Luis Carlos Galán y Rodrigo Lara, entre otros. 
"Esta Sentencia producirá efectos inter comunis, para aquellos Partidos, Movimientos políticos o terceros que hubieren estado o estén en similares condiciones del Partido Nuevo Liberalismo según los hechos de violencia iguales o parecidos a los que fueron analizados en esta providencia y que afectaron su permanencia en las contiendas electorales a partir de 1988, para que puedan hacer parte de la apertura democrática en las próximas elecciones de 2022.”
Además, señala que dicha decisión de la Corte aplicaba para participar en las elecciones del 2022 y no para las del 2023, teniendo en cuenta que a Pastrana se le otorgó su personería este año.
"En el apartado séptimo de la parte resolutiva de la sentencia SU – 257 de 2021, la Corte Constitucional precisó que la decisión adoptada produciría efectos intercomunis para las elecciones de 2022, frente a aquellos terceros que hubieran estado en las mismas o similares condiciones del Partido Nuevo Liberalismo expresamente analizadas en esa providencia", argumenta el demandante.
El abogado asegura, como ciudadano, que el Consejo Nacional Electoral interpretó de forma equivocada dicha sentencia, lo cual ha conducido a una degradación del sistema electoral, ya que en este momento son 34 partidos con personería jurídica.
"No es un tema particular en contra del presidente Pastrana y la Nueva Fuerza Democrática. Este organismo electoral ha, equivocadamente, entendido una sentencia de la Corte Constitucional. Sin querer se abrió una puerta y siento el deber de actuar", le dijo el abogado a este diario. 
Pastrana, por su parte, está haciendo campaña y entregando avales de cara a las elecciones regionales de octubre.
MATEO GARCÍA
REDACCIÓN POLÍTICA

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