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¿Cuánto tiempo tienen las campañas para quitar la propaganda electoral tras comicios?
Después de las elecciones, debe retirarse las vallas, pendones y más relacionado con el certamen.
Las calles de Barranquilla también permanecen empapeladas con avisos políticos. Foto: Vanexa Romero / EL TIEMPO
Después del proceso electoral, son varios elementos los que quedan. Uno de del que pocas veces se tiene en cuenta es la gran cantidad de publicidad electoral que se usa y lo que ocurre con ella después del certamen. Incluso, en las carreteras del país se ha convertido en parte del paisaje la propaganda de comicios pasados.
Sin embargo, más allá de lo que ocurre a nivel rural, el ordenamiento colombiano no tiene una reglamentación expresa frente al tema. Se tiene claro que debe ser retirada por las campañas, pero no hay una norma que hable explícitamente a nivel nacional de ello.
Por ejemplo, como lo recoge el magistrado César Lorduy en un ejercicio de pedagogía en su cuenta de Twitter, el decreto 1077 de 2015 obliga a los anunciantes a la “limpieza y remoción de los avisos publicitarios o propaganda”. Incluso señala que esto puede pactarse con los servicios de aseos municipales.
Miles de afiches con publicidad política ilegal, han sido pegados en paredes y postes de la ciudad, a pocos días de las elecciones, por lo que cientos de habitantes de la ciudad se quejan de esto y le piden a los candidatos a la Gobernación, Alcaldía, Asamblea y concejo, que por favor limpien la ciudad y cumplan las reglas. Según la Secretaría de Seguridad y Justicia a diario trabajan por detectar qué campañas son las que realizan estas acciones y realizan operativos para desistalarla. Foto:Juan Pablo Rueda Bustamante
Sin embargo, el decreto es genérico, pues reglamenta el sector vivienda en el país, y no solo hace referencia a la propaganda electoral. La única normativa de orden nacional para la propaganda electoral la tiene la ley 130 de 1994, que establece que son la alcaldías y Registradurías municipales las que definen las condiciones.
“Corresponde a los alcaldes y los Registradores Municipales regular la forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches y vallas destinadas a difundir propaganda electoral, a fin de garantizar el equitativo de los partidos y movimientos, agrupaciones y candidatos a la utilización de estos medios, en armonía con el derecho de la comunidad a disfrutar del uso del espacio público y a la preservación de la estética”, dice el artículo 29.
Esto significa que cada alcaldía es la que dispone de la reglamentación para la publicidad política. Además, la ley les da competencia para imponer sanciones en caso de violarse las condiciones establecidas. Sin embargo, esas sanciones están fundamentadas en contravenciones al Código de Policía, a la ley publicidad exterior y a la ley de procedimiento sancionatorio ambiental.
Sin embargo, no hay un monto definido. De acuerdo a las posibles sanciones de las leyes y normas mencionadas anteriormente, la multa va de 1,5 hasta 5.000 salarios mínimos vigentes. Sin embargo, como se basa en leyes para unas conductas macro, no es claro el monto dispuesto para no quitar a tiempo las vallas y otro tipo de propaganda electoral.
Lo que sí es claro es que cada gobierno municipal es el que define los tiempos para retirar la publicidad. Por ejemplo, en el caso de Bogotá se expidió la resolución 707 de 2023, en la que se define hasta 10 días calendario después de los comicios para retirar el material publicitario.
publicidad polìtica en pueblo de La Guajira Foto:Cortesía Caracol Radio
En el caso de Medellín, solo se dio hasta el primero de noviembre para esta tarea. En Barranquilla se dio el mismo plazo de 72 horas para el desmonte total, al igual que Bucaramanga y en Cali. Solo en Bogotá se dio un plazo de 10 días que acaba el martes. Esto significa que en la mayoría de ciudades principales ya puede actuarse de oficio para sancionar a las campañas que no quitaron su publicidad.