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Noticia

Cuántas horas deben estudiar los niños de los colegios públicos en Colombia, según nuevo decreto del Gobierno

La norma busca equilibrar el bienestar de los estudiantes con la jornada escolar y las actividades académicas. 

El caso ha generado alarma en el sector educativo.

Las nuevas jornadas de los estudiantes y maestros será regulado por el nuevo Decreto expedido por el Ministerio de Educación.  Foto: iStock

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Este miércoles, 12 de marzo, el Ministerio de Educación Nacional publicó el Decreto 0277 con el que modificó el horario de la jornada escolar, la asignación académica y el cumplimiento de la jornada laboral en los establecimientos de educación pública en Colombia.
Esta nueva norma, según el Ministerio, busca distribuir el tiempo en los colegios públicos, asegurando el equilibrio entre el bienestar de los estudiantes, las actividades pedagógicas y el trabajo de los maestros.
Pronto llegará la semana de receso a la que tienen derecho los estudiantes en el mes de octubre.

Los colegios deberán equilibrar la jornada escolar con la asignación académica.  Foto:MAURICIO MORENO. EL TIEMPO

De acuerdo con lo estipulado, el horario de la jornada será establecido por cada rector o director de la institución, de acuerdo con el cumplimiento de las horas semanales lectivas que están establecidas en la ley.
Educación

Se deberá permitir un equilibrio entre el bienestar de los estudiantes y la jornada escolar.  Foto:iStock

Estas son las horas que deberán estudiar los colegios públicos

El primer cambio se da en el horario de la jornada escolar, el cual deberá cumplir con las horas mínimas de intensidad horaria a la semana y al año, las actividades pedagógicas y las asignaturas optativas. 
De acuerdo con el decreto, "para cada uno de los niveles educativos, se contabilizarán en horas efectivas de sesenta (60) minutos". 
En ese sentido, los niveles educativos deberán permitir que los estudiantes cumplan con las intensidades de las horas mínimas, semanales y anuales con respecto a las siguientes formalidades:
  • Básica primaria: 25 horas semanales y 1.000 anuales.
  • Básica secundaria y media: 30 horas semanales y 1.200 anuales.
  • Media técnica: 37 horas semanales y 1.480 anuales.
Otro ajuste que se señala en el documento es la intensidad horaria para el nivel de preescolar, la cual será de 20 horas semanales efectivas de trabajo con los estudiantes. 
Estos horarios deberán fijarse y distribuirse conforme lo estipule el rector o director de la institución educativa. Además, el decreto incluye que dentro de la jornada se requerirá añadir un "descanso pedagógico estudiantil", que consiste en una actividad que permita promover el bienestar de los estudiantes. 
Según información oficial, en la implementación de protocolos de bioseguridad se han invertido más de 62 mil millones de pesos.

Las instituciones educativas tendrán que incluir un descanso pedagógico estudiantil entre clases. Foto:Contraloría de Bogotá

"Se destinarán 5 minutos de cada periodo de 60 minutos de la asignación académica, reconociendo la responsabilidad de los establecimientos educativos como garantes del bienestar de los estudiantes", explica el Decreto 0277. 
Imagen de referencia de un niños en un colegio.

Los estudiantes deberán tener un descanso de 5 minutos por cada periodo de 60 minutos de clase. Foto:istock

Cambios en la asignación académica y la jornada laboral de los docentes

Otra de las modificaciones será el tiempo distribuido en los periodos de clase que son dedicados para las actividades pedagógicas. 
La nueva asignación académica de los docentes corresponderá a las siguientes horas semanales: 
  • Preescolar: 20 horas semanales.
  • Básica primaria: 25 horas semanales.
  • Básica secundaria y media: 22 horas semanales.
Este es un establecimiento de enseñanza para niños y jóvenes.

La asignación académica corresponderá a nuevas horas por cada nivel educativo.  Foto:iStock

El decreto también estipula que tanto la jornada escolar como la laboral presencial y los periodos de clase incluirán el descanso pedagógico y que estos serán asignados según los rectores y directores.
En cuanto a la jornada de los docentes, el documento establece que su horario en los colegios públicos continuará de 8 horas diarias, pero con una nueva distribución: 
  • 6 horas dedicadas a la asignación académica y la ejecución de las actividades curriculares complementarias. Estas serán distribuidas por el rector o director de la institución. 
  • 2 horas: para trabajo autónomo, este puede incluir tareas de planificación académica, evaluación, reuniones, investigación y orientación a la comunidad educativa. 
El rol de los profesores es crucial para el desarrollo educativo y social de un país.

La jornada laboral de los maestros también tendrá cambios en la distribución de las horas.  Foto:iStock

Para los maestros que son orientadores y de apoyo pedagógico, se aplicará una jornada de 6 horas dedicadas a trabajo dentro del establecimiento educativo y dos horas adicionales de trabajo autónomo. 
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
MARÍA JULIANA CRUZ MARROQUÍN

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