Orquídeas, bromelias, palmas de cera, robles, musgo, entre otras especies amenazadas, quedarían sin protección. Así lo denunciaron ambientalistas que aseguran que el Ministerio de Ambiente eliminó un requisito que garantizaba la protección de estas especies vedadas (restricción de su manejo, que solo se elimina si se tramita un proceso conocido como levantamiento de veda).
En efecto, el decreto 2106 de 2019 (aprobado el pasado 22 de noviembre), que dicta las normas para simplificar y suprimir trámites públicos, eliminó ese trámite de levantamiento de veda.
Esto implica que, dentro de los próximos seis meses, las empresas no tendrán que hacer esta solicitud ante al Ministerio de Ambiente. Ahora pueden talar, remover o trasplantar las especies de flora amenazadas que van a impactar sin mayores restricciones. Solo presentarán un plan de manejo a las corporaciones autónomas regionales (CAR) y a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (
Anla) en el que explican cómo van a preservarlas.
La medida ha generado incertidumbre por dos grandes razones. La primera tiene que ver con que esto causaría un déficit de protección ambiental, pues de acuerdo con Rodrigo Negrete, abogado ambientalista, estas
especies podrían ser aprovechadas con menores restricciones que las que existían hasta la fecha, y dice que “con esto quieren lograr un desmonte de requisitos ambientales para favorecer a las empresas”.
Para Negrete, “esta polémica puede ser igual o mayor que la de los tiburones, porque aquí están de por medio más especies de la biodiversidad”.
Y en segundo lugar, el proceso del plan de manejo que quedaría en manos de la CAR y la Anla, “es una decisión errónea”, asegura Fredy Niño, biólogo y docente de las Universidad Piloto de
Colombia, ya que no tienen la capacidad istrativa ni recursos para hacerlo. “No disponen de los instrumentos de manejo y control adecuados. Por ejemplo, en términos de referencia para las diferentes categorías de especies, personal calificado y metodologías apropiadas para los estudios”, explica Niño.
EL TIEMPO consultó a un exfuncionario del Ministerio de Ambiente y de la Anla, experto en este proceso, quien aseguró que estas instituciones no cuentan con la capacidad para asumir esta misión.
“Al Ministerio de Ambiente nos llegaban estudios de las especies de más 800 páginas que debíamos analizar en tres días. Esto no va a suceder ni en la Anla ni en las CAR, porque no cuentan con suficientes expertos”, dijo este ingeniero forestal que prefirió no revelar su nombre.
¿Faltó claridad?
Aunque el decreto dice que “no será requisito adelantar el trámite de levantamiento parcial de veda que actualmente es solicitado”, otros expertos creen que no se elimina.
Así lo explica Gonzalo Andrade, director del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia. “Lo nuevo es que el trámite de la
licencia ambiental se incluirá el levantamiento de la veda para no hacer dos solicitudes”, dice. Es decir, que este requisito será exigido solo en el trámite de la licencia ambiental.
Ante la polémica que generó esta norma, el Ministerio de Ambiente le aseguró a EL TIEMPO que las especies de flora sujetas a veda seguirán siendo protegidas a través de las medidas de conservación que la Anla y las CAR impongan. “Todas las especies de flora silvestre que fueron vedadas en 1974 siguen así y continuaremos mejorando la eficiencia en su protección”, asegura la cartera.
Frente a esta decisión, que para muchos ambientalistas fue más política que técnica y jurídica, esperan que en los próximos días el ministerio corrija el parágrafo y haga explícito que el trámite del levantamiento de veda no se elimina.
TATIANA ROJAS
MEDIOAMBIENTE