Una obra está protegida por el derecho de autor desde el mismo momento de su creación. Sin embargo, es importante contar con el registro que concede la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
Dicha entidad, adscrita al Ministerio del Interior, es la única en Colombia que tiene la competencia para otorgar el registro de derecho de autor.
El proceso es seguro, gratuito y no se requiere de intermediarios. El trámite tiene una duración de 30 días hábiles.
Registro virtual
Puede hacerlo a través del portal: (www.registroenlinea.gov.co), para lo cual debe tener presente:
1. Si ya es registrado, solo debe ingresar con su y contraseña, escoger el tipo de formulario de acuerdo a la categoría de su obra y seguir el paso a paso que le indique el sistema.
2. Si es primera vez que va a realizar el registro virtual, deberá crear una cuenta en (www.registroenlinea.gov.co), haciendo clic en "Registrarse". Una vez tenga su y contraseña, podrá ingresar de nuevo a dicho portal e ingresar a su cuenta, donde podrá escoger el tipo de formulario de acuerdo a la categoría de su obra y seguir el paso a paso que le indique el sistema.
Registro presencial
Este se efectúa directamente en la sede de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, ubicada en la Calle 28 # 13 A 15 Piso 17 de la ciudad de Bogotá.
Se deberá solicitar una cita previa al correo info@derechodeautor.gov.co, indicando el nombre completo de la persona que realizará el trámite en la DNDA, número de cédula y tipo de registro que desea realizar.
Luego se le indicará el día y la hora de la cita, a la cual deberá llegar sin acompañantes, haciendo uso correcto del tapabocas, con el formulario debidamente diligenciado y firmado, y con una copia de la obra en un soporte digital como CD, DVD o USB.
Independiente del canal por el cual solicite el registro, el trámite tiene una duración de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente en que realizó la solicitud.
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